Prohíben a una aseguradora emitir nuevas pólizas por graves irregularidades
La Superintendencia de Seguros de la Nación impidió a la firma celebrar nuevos contratos, administrar inmuebles y operar reaseguros. Detectaron faltantes de documentación clave y reservas por debajo del mínimo exigido.
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) resolvió prohibir a La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada la celebración de nuevos contratos de seguro, al detectar serias irregularidades contables, omisiones de documentación clave y un nivel de reservas técnicas inferior al mínimo reglamentario.
La medida, formalizada mediante resolución del 19 de mayo de 2025 y ratificada el 28 del mismo mes, incluye también la inhibición general de bienes y la imposibilidad de administrar sus inmuebles o ejecutar operaciones de reaseguro.
Según el expediente oficial, el caso comenzó con la presentación de los estados contables al 31 de marzo, los cuales evidenciaron una “situación financiera transitoria” y una notoria incapacidad para afrontar pagos. A eso se sumó la existencia de un embargo por más de $300 millones, lo que generó reclamos de otros acreedores y una caída crítica de liquidez.
En paralelo, la Gerencia de Inspección de la SSN llevó adelante una auditoría in situ. No obstante, la aseguradora omitió entregar información básica, como libros contables, registros societarios, planillas de siniestros, juicios en curso, pagos realizados y autorizaciones para levantar el secreto bancario.
En uno de los párrafos más severos del informe, el organismo afirma que no pudo determinar la verdadera situación técnica de la compañía por la falta de documentación verificable. Además, el balance presentado no coincidía con las cifras informadas para levantar restricciones sobre inversiones, y contenía datos contradictorios sobre deudas con reaseguradores.
Una estimación realizada con herramientas internas de la SSN calculó que La Nueva Seguros debía ajustar sus reservas en un 93%, lo que implicaba elevar su pasivo en más de $4.473 millones para cumplir con la normativa vigente.
En ese contexto, la SSN consideró que la situación “encuadra en el inciso f) del artículo 86 de la Ley 20.091”, que permite al organismo adoptar medidas preventivas cuando la operatoria de una aseguradora representa riesgo para los asegurados o incumple parámetros técnicos.
Como parte de la resolución, se dispuso:
- El corte de emisión de pólizas.
- La orden de relevar el estado de ocupación de inmuebles.
- La intervención de las gerencias de Autorizaciones y Jurídicos para garantizar el cumplimiento.
Asimismo, se notificó a la empresa que la resolución es recurrible a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), conforme al artículo 83 de la Ley 20.091.
La situación de La Nueva no es un hecho aislado. En lo que va del año, otras aseguradoras atravesaron procesos similares. El antecedente más reciente fue la salida del mercado de Orbis Seguros, que anunció su retiro voluntario y obligó a reubicar coberturas activas en otras compañías.
Según la normativa vigente, las disposiciones de la SSN se aplican de manera inmediata y “inaudita parte”, es decir, sin escuchar previamente a la firma involucrada, dada la urgencia y el fin preventivo de estas intervenciones.
Finalmente, la resolución fue avalada por las gerencias de Inspección, Evaluación y Asuntos Jurídicos, publicada en el Boletín Oficial e inscripta en los registros correspondientes. El futuro de La Nueva quedará atado a posibles apelaciones, informes técnicos adicionales y nuevas decisiones regulatorias sobre su continuidad en el sistema asegurador.