Satisfacción por la sanción de la ley para reactivar el turismo: ejes y beneficios
Fue aprobada por Diputados este martes. Contempla beneficios para las empresas de turismo y para los clientes. Desde la cámara del sector esperan ansiosos la reglamentación.
La Cámara de Diputados dio sanción definitiva este martes a la Ley de Sostenimiento y Reactivación del Turismo. Fue de manera virtual y sin el apoyo de Juntos por el Cambio, cuyos miembros se hicieron presentes en el recinto para exigir la realización de la sesión de manera presencial.
La iniciativa cosechó 127 votos a favor (emitidos remotamente), además de dos abstenciones del Frente de Izquierda.
En diálogo con LT10, el presidente de la Cámara Argentina de Turismo, Aldo Elías, celebró la aprobación de la normativa, a la que calificó como "un paso importante en esta carrera contra el Covid- 19, después de seis meses plenamente parados y sin una perspectiva clara por delante".
Además, Elías confió en que la ley abarca varios de los puntos que desde el sector consideran "indispensables" para comenzar a "morigerar el impacto devastador que está teniendo el coronavirus sobre la actividad".
Especialmente, destacó el plan de preventa, que -opinó- "permite pensar en el día después con herramientas muy interesantes que van a movilizar a los argentinos a comprar sus vacaciones".
"Estamos ansiosos por que salga la reglamentación de esta ley", expresó.
Ejes y beneficios de la ley
La Ley de Sostenimiento y Reactivación del Turismo prevé beneficios fiscales y económicos para las empresas y trabajadores del sector, al tiempo que establece incentivos para los consumidores por los próximos 180 días, plazo que podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo.
Beneficios para el sector
- Extensión del Programa de ATP (Asistencia al Trabajo y la Producción) desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre para las actividades y rubros comprendidos que se encuentren paralizados o tengan una facturación inferior al 30%.
-Reducción del 95% del pago de contribuciones patronales y el salario complementario abonado por el Estado Nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado del 50% del salario neto.
-Se faculta al jefe de Gabinete a establecer condiciones especiales para garantizar la continuidad de las fuentes de trabajo y de los emprendimientos turísticos, y a establecer una asistencia económica no reembolsable por un monto de hasta dos salarios mínimos.
-Se prorroga por 180 días el vencimiento del pago de los impuestos existentes, o a crearse, que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las actividades alcanzadas por la ley, cuyos vencimientos operen hasta el 31 de diciembre.
-Se suspende por 180 días la traba de cualquier medida cautelar a requerimiento de la AFIP o la ANSES.
-Se instruye al Banco Central a disponer líneas de crédito para los sujetos comprendidos y para municipios y comunas donde la actividad principal sea el turismo.
Beneficios para los consumidores
- Se establece un bono fiscal vacacional para las familias cuyos ingresos mensuales no superen el equivalente a cuatro salarios mínimos, por única vez, para su uso dentro del país.
-Regirá una preventa que consistirá en el reconocimiento, por parte del Estado Nacional, de un crédito a favor de las personas humanas, que será del 50% del monto de cada compra de servicios turísticos a ser brindados dentro del país.
-Se crea un programa especial para el turismo de la tercera edad, por el cual el Estado aportará hasta el 21% de los paquetes turísticos, con el fin de sostener la actividad durante las temporadas bajas y para el bienestar de las personas mayores.
-Se establece un programa de financiación de los paquetes turísticos de viajes de turismo estudiantil con destino nacional mediante una línea de crédito específica del Banco Nación.
-Establecimientos hoteleros de alojamiento temporario y empresas de transporte podrán ofrecer la reprogramación de los servicios contratados, respetando la calidad, estacionalidad y valores convenidos dentro de un período de 12 meses; la entrega de vouchers de servicios para ser utilizados hasta 12 meses posteriores al cese de la cuarentena; el reintegro del monto abonado mediante el pago de hasta seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas con vencimiento dentro de los 60 días de recibida la solicitud de reembolso.
-Si el consumidor contrató servicios mediante intermediarios (agencias de viajes) podrá reprogramar sus viajes o recibir un voucher.
-Las reprogramaciones y devoluciones de servicios de turismo estudiantil serán determinadas por el Ministerio de Turismo.
Audio: Aldo Elías, titular de la Cámara Argentina de Turismo
Su navegador no soporta audio HTML