El decreto de toque sanitario no fija horarios: las provincias deciden

Si bien en un principio se dijo que Alberto Fernández pretendía una restricción de la circulación entre las 23:00 y las 6:00, el texto presidencial deja librado a la voluntad de cada provincia la determinación de su aplicación.

El Gobierno publicó esta tarde el decreto que propone limitar la circulación y actividades nocturnas, aunque no fijó un horario, con la intención de que lo estipule cada provincia.

En las últimas horas se hablaba de que la Casa Rosada iba a proponer limitar la circulación entre las 23:00 y las 6:00, pero finalmente se decidió no incluir un horario en el texto presidencial.

¿En qué casos el Gobierno recomendará a las provincias implementar el toque sanitario ?

El artículo 1º del decreto llama a "adoptar medidas de limitación de la circulación" cuando se cumplan dos "parámetros sanitarios" específicos: la razón de casos y la incidencia. 

El artículo 3º indica que "el Ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señalados". 

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Luego, el artículo 4 garantiza que cuando las autoridades provinciales o locales opten por adoptar medidas para limitar la circulación de personas, "podrán requerir al Ministerio de Seguridad de la Nación o a otras autoridades del Sector Público Nacional su cooperación para realizar controles en rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos que determinen".