Economía - HASTA EL 31/5

Martes 19 de Mayo de 2020 - 13:08 hs

Las empresas que se bajen del Programa ATP deben devolver la ayuda oficial

El salario complementario es un monto abonado a los trabajadores del sector privado por el Estado Nacional a través de la ANSeS, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Actualizado: Martes 19 de Mayo de 2020 - 13:13 hs

Los empleadores que quieran darse de baja del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), deberán reintegrar al Estado Nacional el beneficio del salario complementario, según estableció hoy la AFIP.

Así, con los salarios devengados en abril, los empleadores tendrán tiempo para restituir el beneficio hasta el 31 de mayo, inclusive.

Habilitan la registración al ATP para el salario complementario de mayo

Para los salarios devengados en mayo y los siguientes meses - en caso de extenderse el ATP- el reintegro del salario complementario podrá realizarse hasta el 20, inclusive, del mes en que se haya realizado el pago, de acuerdo con una resolución general publicada este martes en el Boletín Oficial.

En Santa Fe, 150 mil trabajadores privados cobrarán el salario de crisis

 

Fuente: AGENCIAS