La AFIP decidió hoy prorrogar "por más de 15 días" el plazo para la presentación de las declaraciones juradas determinativas y el pago del saldo correspondiente a los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedular para el período fiscal 2019.
Según lo dispuesto, la fecha de vencimiento del saldo resultante de Ganancias y Bienes Personales se realizará teniendo en cuenta la terminación del CUIT del contribuyente, según el siguiente esquema:
- 0, 1, 2 y 3 el 10/08/2020, inclusive hasta el 11/08/2020, inclusive.
- 4, 5 y 6 el 11/08/2020, hasta el inclusive 12/08/2020, inclusive.
- 7, 8 y 9 el 12/08/2020, inclusive hasta el 13/08/2020, inclusive.
En el caso del Impuesto Cedular (que se aplica sobre rentas e intereses sobre títulos valores y depósitos bancarios y sobre la renta financiera), las fechas son las siguientes:
- 0, 1, 2 y 3 el 11/08/2020, inclusive.
- 4, 5 y 6 el 12/08/2020, inclusive.
- 7, 8 y 9 el 13/08/2020, inclusive.
Por otra parte, la AFIP oficializó este jueves la prórroga, hasta el 31 de agosto de 2020 inclusive, del plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, correspondientes al período fiscal 2019.
La fecha de vencimiento operaba el 31 de julio, pero el organismo decidió postergarla un mes, de acuerdo con una resolución general publicada en el Boletín Oficial.
"A los fines de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se estima conveniente extender el plazo para la presentación de las aludidas declaraciones juradas informativas, hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive", resaltó la AFIP.
Al mismo tiempo, elevó de 1,5 a 2 millones de pesos el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar las declaraciones juradas informativas de ambos impuestos.
"Razones de administración tributaria aconsejan elevar a 2 millones de pesos el importe a partir del cual los sujetos deben presentar la información" sobre Ganancias y Bienes Personales, justificó el ente recaudador. .