En el marco del cimbronazo político que generó la investigación de los fiscales rosarinos que sostienen que el senador Traferri era uno de los organizadores de una trama de coimas al juego clandestino y le piden a la Cámara alta que le quite la inmunidad para citarlo a indagatoria, LT10 habló con Danilo Kilibarda, quien fue convencional constituyente de la Constitución de 1962 de Santa Fe (que rige actualmente).
Kilibarda explicó que “en el artículo 51 de nuestra carta magna se establece un sistema de inmunidad para los legisladores para que nadie pueda molestarnos por sus opiniones y por los votos. En este artículo hay un punto que es un poco confuso porque dice que ningún legislador puede ser sometido a proceso penal. Acá, lo importante es que no implique una coacción a su libertad física”.
Además, Danilo Kilibarda agregó que “lo mejor para un legislador es presentarse espontáneamente ante el juez y ejercer su derecho a defensa. El legislador, como la mujer del César, debe ser y parecer. La inmunidad parlamentaria es una garantía de no persecución, no absoluta. En este caso la Cámara, con los 2/3, puede suspenderle la inmunidad de arresto y que se someta al proceso penal (sin dejar de ser legislador y ocupar su banca)”.
Consultado sobre las explicaciones que le brindarán los fiscales a los legisladores para pedir que le quiten la inmunidad, el ex legislador sostuvo que “deberían señalarle indicios vehementes (sin descubrir toda la prueba minuciosamente). En estos casos, lo más sencillo es ponerse a disposición de la Justicia y que no queden dudas”.
Finalmente, Danilo Kilibarda remarcó que “si hay indicios que un miembro del cuerpo pueda haber cometido un delito, es un elemento suficiente para quitarle la inmunidad. La Cámara no puede ser cómplice de un delito por un espíritu corporativo. El caso emblemático es el del ex gobernador de Córdoba Angeloz que se sometió a la Justicia y luego salió absuelto”.