Interés General - riacho santa fe

Miércoles 10 de Febrero de 2021 - 19:35 hs

Obras ilegales: el propietario deberá devolver el terreno al estado original

Desde el Gobierno provincial intimarán al dueño del predio y exigirán que restablezca las condiciones hídricas y ambientales del lugar.

Actualizado: Miércoles 10 de Febrero de 2021 - 19:37 hs

El viernes pasado la Municipalidad clausuró obras ilegales que estaban en ejecución a la vera del riacho Santa Fe. Ahora, el gobierno provincial intimará al dueño del terreno para que el lugar vuelva a su estado original tanto en condiciones hídricas como ambientales.

Además de no tener habilitación para construir, el terreno está a menos de 100 metros de la línea rivera y es un área protegida por tratarse de bosques nativos. Por tanto, viola ordenanzas municipales y leyes provinciales.

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No obstante, los trabajos que se realizaron implicaron movimiento de suelo,  tala de árboles con más de 20 años de antigüedad y construcción de un terraplén al costado de la ruta nacional 168, cerca del acceso a Alto Verde.

Por LT10, Roberto Gioria, secretario de Recursos Hídricos de la provincia, explicó que desde Ambiente establecerán criterios para que se planten una cierta cantidad de ejemplares, ya que es imposible restablecer los originales.

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En cuanto al movimiento del suelo en una zona de defensa, Gioria manifestó que se le darán pautas al propietario del para la compactación y sobre la pendiente que debe haber en el predio.

Respecto a las excavaciones que se realizaron debajo del puente, dieron intervención a Vialidad para que examine si se afectó la estructura, pero adelantó que seguramente se deba realizar una compactación especial para evitar problemas de erosión.

El funcionario también aclaró que el propietario del terreno todavía no recibió la notificación oficial de la intimación.

Mientras que además de la medida provincial, desde la Municipalidad se podría imponer una sanción económica.

Audio: Roberto Gioria, secretario de Recursos Hídricos de la provincia.

Fuente: LT10