Interés General - Infractores

Sábado 22 de Mayo de 2021 - 18:23 hs

Billetera Santa Fe: comerciantes que cobren recargo serán desvinculados

Así lo advirtió el gobierno de la provincia. Además, podrán ser sancionados por infracción a leyes de protección del consumidor, lealtad comercial y tarjetas de crédito. Los usuarios pueden denunciar estas conductas: cómo hacerlo.

Actualizado: Sábado 22 de Mayo de 2021 - 18:28 hs

Ante reiteradas consultas y denuncias recibidas por conductas abusivas, el gobierno de la provincia de Santa Fe informó a comerciantes y consumidores que los pagos con Billetera Santa Fe no deberán implicar recargos de ningún tipo, ni aplicación de precio de lista, o cualquier otro precio que no sea el que consta en la góndola o en exhibición. "No se financiarán conductas abusivas en torno a esta herramienta de beneficios para los santafesinos y santafesinas", indicaron desde el Ejecutivo.

Provincia definió el funcionamiento de comercios, supermercados y bares

Asimismo, comunicaron que se encuentra activo el Programa de Fiscalización de Comercios Adheridos a Billeteras Virtuales, en cuyo marco los inspectores de la mencionada área provincial visitarán los comercios adheridos a “Billetera Santa Fe” (Plus pagos), en particular, los comercios denunciados por prácticas abusivas.

Por otro lado, la directora de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, María Betania Albrecht, informó: “También queremos hacer saber que las farmacias de la provincia adheridas deberán aceptar como medio de pago Billetera Santa Fe, sin importar que el consumidor o la consumidora haya también obtenido descuentos de obras sociales, es decir que los beneficios de la herramienta se suman a los que otorga la obra social”.

Los reclamos y denuncias de estas conductas abusivas podrán presentarse ante las oficinas municipales de información al consumidor (OMICs) y mediante el canal de reclamos de la Secretaría de Comercio Interior y Servicios, ingresando al siguiente sitio: https://www.santafe.gob.ar/index.php/tramites/modul1/index?m=descripcion&id=127547=

Fuente: LT10/ Prensa Gobierno de Santa Fe