La página de la AFIP recibió ya más de cien mil solicitudes de empleadores y trabajadores monotributistas para acceder a los beneficios previstos en el Repro II y el el Programa de Asistencia al Trabajo independiente en sectores críticos., a dos días del cierre de la inscripción.
De ese total, alrededor de 27.000 empresas con más de 480 mil asalariadas/os solicitaron el subsidio dispuesto por el REPRO 2; mientras que casi 74 mil trabajadoras/es independientes no empleadoras/es requirieron la prestación del Programa de Asistencia al Trabajo independiente.
En esta ocasión, el Programa contará con un aumento del monto máximo del beneficio de $18.000 a $22.000 para los sectores críticos y de salud.
El Gobierno incorporó durante el último fin de semana al Repro II a las actividades denominadas críticas: así, podrá asistir hasta 1,4 millón de trabajadores de comercios de rubros no esenciales del área metropolitana de Buenos Aires.
También amplió la cobertura y el monto para trabajadores independientes, tanto monotributistas como autónomos.
Para acceder al beneficio, los trabajadores monotributistas o autónomos deberán contar con al menos dos aportes en los últimos seis meses en el régimen de monotributo y/o autónomo.
A la vez, tendrán que presentar una reducción de la facturación mayor al 20% en términos reales, entre mayo de 2019 y del 1 al 24 de mayo de 2021.
Hasta el mes de abril, el Gobierno había invertido más de 19 mil millones de pesos durante seis meses en el programa REPRO, con el fin de asistir a 19.917 empresas a través del pago de parte de los salarios a un universo de 544.210 trabajadores en todo el país.
La inscripción al Repro permanecerá abierta, a través de la página web de la AFIP, hasta el próximo martes 1 de junio para las empresas como así también para los monotributistas y autónomos (en este último caso, se pueden inscribir los independientes sin empleados/as o con una nómina salarial de hasta 5 trabajadoras y trabajadores).
Los beneficiaron se incluye encuentren en los sectores de gastronomía, turismo, transporte, industrias culturales, actividades deportivas y de esparcimiento, comercio de rubros no esenciales, servicios personales (peluquerías, centros de belleza) y de ramas esenciales cuya facturación haya sido afectada .