Una mujer de 47 años y sus hermanos de 49 y 59 fueron condenados a 16 años de prisión cada uno por reiterados abusos sexuales cometidos en Cayastá en perjuicio de un niño y de una niña discapacitados, que son hijos de ella.
Así fue resuelto por el tribunal integrado por los jueces Rosana Carrara, Héctor Gabriel Candioti y Luis Octavio Silva en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos.
La fiscal que investigó los ilícitos es Rosana Marcolín, quien subrayó que “los abusos fueron cometidos desde que las víctimas tenían edad para comenzar la escuela primaria” y agregó que “durante alrededor de 10 años fueron atacados sexualmente por sus tíos de manera sistemática y reiterada”.
Investigación
“La investigación se inició a raíz de un anoticiamiento que hizo el Juzgado Comunitario de Pequeñas Causas de Cayastá en la Unidad Fiscal San Javier”, informó la fiscal. “En esa comunicación se advertía de situaciones sospechosas en relación a las personas que vivían en la casa junto con las víctimas”, añadió.
Marcolín también hizo hincapié en que “se hicieron allanamientos en Cayastá y en la ciudad de Santa Fe, debido a que una de las víctimas fue trasladada a la capital provincial para ser atendida en el hospital Cullen por un problema de salud en los riñones generado por la sistemática falta de atención médica”.
En la casa que compartían
“Los abusos sexuales eran cometidos por los dos hombres en perjuicio de la niña y del niño”, detalló la fiscal. “Por su parte, la madre de las víctimas no solo permitía que se cometieran los ataques, sino que también los observaba y luego amenazaba a sus hijos y hasta los castigaba físicamente para que no contaran lo que les hacían sus tíos”, remarcó.
Según especificó Marcolín, “los ilícitos fueron cometidos en la vivienda que compartían los tres condenados con las dos víctimas en Cayastá”.
“Estos actos sexuales aberrantes fueron perpetrados por los tres condenados con pleno conocimiento de las edades de las víctimas y del daño que les estaban produciendo”, puntualizó la fiscal. En el mismo sentido, subrayó que “también sabían que estaban adelantando la maduración sexual del niño y de la niña a estadíos anteriores a los normales”.
“Entendemos que la pena impuesta es justa en virtud de los ilícitos cometidos”, argumentó Marcolín. “Se tuvieron en cuenta la reiteración durante años de los abusos, el daño infringido a las dos víctimas, el peligro al que fueron expuestas las víctimas y el hecho de que la niña quedó embarazada como consecuencia de los abusos”, enumeró la fiscal.
Responsabilidad
Marcolín destacó que “los tres condenados asumieron su responsabilidad penal por la autoría de los ilícitos”. También manifestó que “el abogado defensor aceptó la calificación legal de los hechos, la pena impuesta y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio”.
En relación a las víctimas, dijo que “las dos personas abusadas –que hoy ya son mayores de edad– fueron escuchadas en el MPA. Plantearon que querían que el proceso finalice la más rápido posible y no tener que revivir los hechos en ninguna instancia judicial”. En tal sentido, sostuvo que “fueron notificadas de lo resuelto y brindaron su conformidad”.
Calificación penal
La pena impuesta a las tres personas fue por los delitos de abuso sexual con acceso carnal reiterados y agravados (por la calidad de convivientes con las víctimas) y corrupción de menores.
“A los dos hombres se les atribuyeron los delitos como coautores, mientras que a la mujer como partícipe necesario”, aclaró la fiscal.
Identidad de los condenados
La fiscal Marcolín recordó que “no se informan las identidades de los condenados para evitar la revictimización de las dos personas abusadas, debido a que tienen el mismo apellido”.