La Justicia confirmó que la causa por presunto espionaje contra el ex ministro de Seguridad de la provincia, Marcelo Sain, y otros implicados, continuará en el fuero provincial. Las defensas de los ocho imputados habían solicitado que la causa se investigara en la Justicia Federal por una cuestión de competencia de los delitos atribuidos, pero esto fue rechazado. Sin embargo, la interpretación del camarista actuante, Jorge Andrés, es que si hay delito de espionaje la competencia no es provincial.
El ex ministro de Seguridad Marcelo Sain está acusado de compilar en forma indebida información de ciudadanos no afectados por investigaciones penales. Junto a él fueron imputados otros funcionarios: Esteban Montenegro, María Agustina Moulins, Nadia Schujman, Débora Cotichini, Milagros Bernard, Diego Rodríguez y Pablo Álvarez.
El fiscal Ezequiel Hernández reivindicó la competencia provincial de la causa, teniendo en cuenta que si no se afectan los intereses federales el caso debe seguir en el terreno de la Justicia provincial. La competencia sobre espionaje ilegal es concurrente y no exclusiva con la justicia federal, debiendo valorarse que los actores imputados revistieron todos el carácter de funcionarios y empleados públicos provinciales, las víctimas están radicadas en la provincia o desarrollan aquí sus actividades, y la actividad se desarrolló en la provincia, explicó el funcionario.
El objetivo de la reforma de la ley 25.520 del año 2015 es lograr su aplicación a los organismos de inteligencia provinciales, como la que integraban los imputados, que infrinjan cualquiera de las normas indicadas, efectuando un detalle de las funciones que desplegaban los distintos imputados en sus cargos; que los hechos intimados se relacionan con espionaje ilegal y recolección de información; que los precedentes jurisprudencia les han sostenido unánimemente que si no se ven afectados intereses del Estado Nacional y los efectos de los delitos son locales, la competencia es provincial, agregó Hernández.
Así, el juez Jorge Andrés, de la Cámara Penal, resolvió que la competencia de los delitos que aparecen en esta causa corresponde a los tribunales de la administración provincial. Pero que si hubiera espionaje la razón les asiste a las defensas. No obstante, los delitos que aparecen a partir de la pesquisa por receptación indebida de información (como peculado, malversación de caudales públicos o abuso de autoridad) sí son para que el caso siga en la Justicia provincial.
"De esta manera, si bien le asiste razón a los impugnantes al sostener que los tipos penales contenidos en la ley 25.520 escapan de la competencia ordinaria, pues únicamente pueden ser autores sujetos especiales cuya calidad no revisten los imputados en las presentes actuaciones, las conductas atribuidas a los mismos encuadrarían en otras figuras penales que sí son de competencia provincial. En concreto, conforme los supuestos de hechos que habría planteado la acusación en las audiencias imputativas, por las acciones que habrían desplegado los imputados estaríamos en presencia de ilícitos de competencia de la justicia ordinaria, la mayoría de ellos vinculados a la función pública", sostuvo el camarista Andrés en su resolución.
En un trámite que concentra diversos delitos presuntos, y no solo espionaje ilegal, la resolución no cuestiona que el caso debe seguir en la Justicia de Santa Fe.