Política - elecciones 2023

Lunes 29 de Mayo de 2023 - 11:58 hs

Se define el futuro del voto joven en la provincia

Tras la decisión del Tribunal Electoral de dar curso al pedido para que los menores de entre 16 y 18 años puedan sufragar en Santa Fe, ahora se analizan dos recursos que pretenden impedirlo.

El Tribunal Electoral de la provincia de Santa Fe habilitó el voto joven. Fue ante una presentación que habían hecho los diputados del bloque Igualdad y Participación, Rubén Giustiniani y Agustina Donnet.

De esta manera se deberán agregar al padrón provincial unos 60 mil adolescentes de 16 y 17 años.

Santa Fe era la única provincia del país donde quienes tienen entre 16 y 18 años no podían votar autoridades provinciales y municipales para cargos ejecutivos y legislativos. En cambio, sí podían hacerlo, en forma optativa, en elecciones para cargos nacionales como el resto de la ciudadanía de esa franja etaria.

Luego de esta decisión, llegaron las objeciones. Actualmente, existen dos recursos que pretenden impedirlo.

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Uno es de reconsideración y otro de inconstitucionalidad, que ahora deberán proseguir su curso dentro de las instituciones.

Por LT10, Daniel Erbetta, presidente de la Corte Suprema y del Tribunal Electoral, dijo que por ahora, la implementación del voto joven sigue vigente: "Hay dos recursos en trámite, uno muy reciente, del miércoles previo al feriado. Primero se interpuso un recurso de reconsideración contra la decisión definitiva del Tribunal Electoral, se plantea también la posibilidad de que si el tribunal entendía que no era ese recurso procedente, se lo reconvirtiera en recurso de inconstitucional ante la Corte Suprema".

"El tribunal va a definir primero a la reconsideración, pero si no da a lugar se le correrá traslado al recurso de inconstitucionalidad. Si el tribunal rechaza este o no lo admite, tendrán la posibilidad de ir a una queja directa ante la Corte Suprema, pero al día de hoy, el voto joven sigue vigente" detalló.

Audio: Daniel Erbetta, presidente de la Corte Santafesina

Fuente: LT10