Economía - alerta

Martes 04 de Julio de 2023 - 18:30 hs

AFIP investiga transferencias bancarias: datos para evitar intimaciones

El ente tributario pondrá la lupa sobre aquellos tributantes que operen con montos superiores al establecido. ¿A cuánto ascienden y cómo justificarlos?

Actualizado: Martes 04 de Julio de 2023 - 18:32 hs

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) investiga las transacciones bancarias cuando superan un monto establecido. El ente a cargo de Carlos Castagnetto pone especial atención en las acreditaciones de fondos.

Para evitar conflicto alguno, es necesario contar con la documentación que respalde y valide los montos recibidos o enviados.

AFIP, ¿a partir de qué monto te investigan las transferencias?

La AFIP controla todas las transferencias bancarias que superen los $ 200.000. Los bancos informarán al Banco Central de la República Argentina (BCRA) cuando la totalidad de movimientos superen ese monto ya que están obligados.

Para evitar que los contribuyentes diversifiquen las sumas entre varias cuentas, las entidades financieras cruzarán la información de manera automática.

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AFIP, ¿qué documentos tener para evitar que me intimen?

Para evitar que la AFIP intime a los contribuyentes por transacciones grandes, deberán contar con documentos que respalden la acreditación de los fondos. Los más comunes son:

  • Boletas de compra y venta
  • Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa
  • Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios
  • Facturación de los últimos meses
  • Constancia del monotributo
  • Certificado de fondos emitido por un contador público
  • Declaratoria del Heredero

AFIP, ¿qué hacer si recibí una transferencia grande?


Si un contribuyente recibió una suma grande de dinero, deberá tener en cuenta que la AFIP podrá investigar de dónde procede el dinero. El banco podrá retener los fondos de forma preventiva, hasta que se presente la documentación correspondiente.

En caso los ingresos no estén justificados por trabajo informal o venta de artículos costosos también informal, el ente tributario podrá realizar una intimación. 

Además, podría obligar a inscribirse al monotributo, multar o hasta recategorizar si se exceden los límites en la transferencia.

Fuente: LT10-Agencias