El veto es la herramienta que la Constitución Nacional le da al Presidente para vetar la Ley de Financiamiento Universitario.
Los argumentos de Milei fueron los mismos que venía repitiendo en los últimos días, principalmente que el proyecto "no cuenta con previsión presupuestaria ni recursos a utilizar para su financiamiento, acarrea problemas técnicos que imposibilitan su implementación ordenada, y afecta de manera tangible los objetivos de política económica fijados por el Gobierno Nacional".
Pero con el veto no se termina el camino de la ley. Una vez vetado, vuelve al Congreso, que puede insistir, pero requiere para eso que las dos cámaras lo aprueben, cada una, con una mayoría especial de dos tercios de los miembros presentes.
El Gobierno necesita 86 apoyos para ratificar el veto, pero en la sesión del 15 de agosto, Diputados dio media sanción a la ley de financiamiento universitario, impulsada por el radicalismo, con 143 votos afirmativos y 77 negativos. Es decir que necesita sumar 9 legisladores para asegurarse el tercio que bloquearía la insistencia.
Las opciones
Tras el veto de la ley, vuelve al Congreso, que puede aceptar el veto o insistir en su sanción. Si ambas cámaras cuentan con dos tercios de los votos para imponer su criterio inicial, la ley se promulga, aunque el Presidente no esté de acuerdo. Si no lo consiguen, se mantiene el veto no puede volver a tratarse en las sesiones de ese año.
No basta con la insistencia de una sola de las cámaras: las dos deben conseguir los dos tercios para neutralizar la intervención del Presidente.
La insistencia del Congreso puede ser total o parcial. Esto implica que las Cámaras pueden aceptar algunas objeciones del Presidente y rechazar otras, pero el Congreso no puede hacerle nuevas modificaciones a la ley.