El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Bolivia ratificó este viernes que el expresidente Evo Morales (2006-2019) no podrá volver a postularse a unas nuevas elecciones generales, conforme a los límites establecidos por la Constitución Política del Estado y las leyes vigentes.
La decisión se formalizó a través del auto constitucional 0083/2024 ECA, emitido por la sala cuarta especializada del TCP, en respuesta a una solicitud de enmienda y aclaración de la Sentencia Constitucional Plurinacional 1010/2023-S4 del 28 de diciembre.
Esta solicitud había sido presentada por el diputado José Carlos Gutiérrez Vargas, dentro de una acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Miguel Ángel Balcázar Ruiz contra David Choquehuanca, presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
"El periodo de mandato de los representantes nacionales se sujetará a las reglas constitucionales señaladas, permitiendo el ejercicio de dicho mandato en los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial por dos periodos similares, sean estos continuos o discontinuos, sin posibilidad de ampliarse a un tercer mandato", señala la resolución del TCP, subrayando la limitación impuesta por la Constitución Política del Estado.
Con este fallo, el TCP ratifica su sentencia 1010/2023, estableciendo que Evo Morales y cualquier otra autoridad en cargos nacionales, departamentales o municipales solo podrán ejercer por un máximo de dos mandatos, ya sea de forma continua o discontinua.
Morales, quien gobernó el país casi 14 años de forma ininterrumpida, y sus seguidores insistieron por todos los medios, incluso con un bloqueo de carreteras que duró 24 días, para abrir la posibilidad de una nueva reelección presidencial.
El diputado opositor José Carlos Gutiérrez calificó de "histórica" la decisión del TCP, que cierra la puerta definitivamente a una nueva candidatura presidencial de Morales.
El dictamen también afecta a otras figuras políticas que ya ocuparon cargos de elección popular, limitando su posibilidad de buscar nuevamente esos puestos.