Interés General - Calendario 2025

Martes 18 de Marzo de 2025 - 10:19 hs

Habrá tres feriados en menos de un mes

En las próximas semanas habrá tres feriados nacionales. Uno de ellos, el 2 de abril, caerá miércoles y no se trasladará, por lo que no generará un fin de semana largo.

El calendario de feriados 2025 dispuesto por el Gobierno Nacional establece 12 feriados inamovibles, cuatro trasladables y tres días no laborables con fines turísticos. Dentro de los próximos feriados, habrá uno que no generará un fin de semana largo: el 2 de abril, Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, que caerá miércoles y no se moverá de fecha.

Los feriados más próximos son:

  • Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (inamovible).
  • Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (inamovible).
  • Viernes 18 de abril: Viernes Santo.

Feriado por el Día de la Memoria: fin de semana largo

El feriado del 24 de marzo, que conmemora a las víctimas de la última dictadura militar en Argentina, caerá lunes, por lo que generará un fin de semana largo. La fecha fue establecida en 2002 por la Ley N° 25.633.

Feriados inamovibles que quedan en 2025

  • Marzo: 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia).
  • Abril: 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas), 18 de abril (Viernes Santo).

Feriados trasladables

  • Junio: 16 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes), trasladado del 17 de junio.
  • Agosto: 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín).
  • Octubre: 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural).
  • Noviembre: 24 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional), trasladado del 20 de noviembre.

Días no laborables con fines turísticos

  • Mayo: 2 de mayo.
  • Agosto: 15 de agosto.
  • Noviembre: 21 de noviembre.

Es importante destacar que la decisión de otorgar los días no laborables con fines turísticos queda a criterio de cada empleador. A diferencia de los feriados nacionales, si se trabaja en estas fechas, no se abona un pago adicional.

Fuente: LT10 - EL ONCE