El fiscal general Diego Luciani no solicitará la detención de la expresidente y actual titular del PJ Cristina Kirchner para que comience a ejecutarse su condena en la causa Vialidad, luego de que el viernes pasado la Cámara Federal de Casación Penal decidiera rechazar el recurso extraordinario que presentó su defensa para recurrir ante la Corte Suprema.
El camino que le queda a la exvicepresidenta y al resto de los imputados es acudir mediante un recurso de queja para que el máximo Tribunal lo analice. No existen plazos prefijados para que se pronuncie.
Pese a que como posibilidad existía, el motivo principal para que el Ministerio Público Fiscal no avance en un intento para que la condena comience a hacerse efectiva se apoya en el Código Procesal Penal que en su artículo 375 indica que "sólo podrán ser ejecutadas las sentencias firmes. El órgano jurisdiccional remitirá a la oficina judicial copia de la sentencia para que forme la carpeta de ejecución penal y pondrá en conocimiento al juez y a las partes que intervengan". Pero que se ve complementado por la Resolución 1/2021 de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal que comenzó a regir en febrero de 2021.
En esa resolución se implementaron cinco artículos referidos, principalmente, a la revisión de condenas por parte de los implicados en la búsqueda de unificar criterios porque hasta la sanción del nuevo Código Procesal Penal no existía una norma que "de manera expresa estableciera el momento en el que una sentencia condenatoria podía ejecutarse". Por eso, con amplitud a todos los tribunales penales a nivel nacional, entraron en vigencia los artículos 366, 367, 368, 369, 370 y 375 que refieren al derecho que tiene procesado a “recurrir una sanción penal ante otro juez o tribunal con facultades amplias para su revisión”.
Antes de esta puesta en vigencia, el rechazo de un recurso extraordinario por parte de Casación habilitaba la chance de solicitar el comienzo de la ejecución de la condena. Lo único que puede interrumpir el curso del proceso es que la justicia detecte alguna causal de riesgo como peligro de fuga o entorpecimiento. Fuentes judiciales indican que eso no ha ocurrido en ninguna instancia de Vialidad ni, en especial, sobre la figura de Cristina Kirchner que siempre se ha mantenido "a derecho". Además, Casación rechazó parte del recurso extraordinario solicitado por el Ministerio Público Fiscal que también puede recurrir a la queja para intentar la instancia de que la Corte la abra.