El Gobierno provincial habilitó por medio de un decreto las actividades deportivas que no requieran contacto físico. La medida comenzará a regir desde el 8 de junio, luego que se aprueben los protocolos presentados por las distintas entidades deportivas donde indiquen las adaptaciones y medidas sanitarias y preventivas dentro de las instalaciones.
-Participantes a partir de los dieciseis (16) años de edad
- En el horario de 7 a 19
-Disponiendo un sistema de turnos, para evitar sobrepasar la cantidad de asistentes a las instalaciones que resulte prudente determinar en cada caso
-En espacios abiertos o suficientemente ventilados, incluyendo en los mismos a los gimnasios que reúnan tales características, garantizando en todos los casos el distanciamiento social
-Sin espectadores
- Sin reuniones previas o posteriores a la práctica
-Sin habilitar espacios de uso común y social, vestuarios ni otras instalaciones interiores; habilitando solo baños exteriores
- Los que van a realizar la práctica, deberán concurrir por sus propios medios, llevando sus elementos individuales de higiene, hidratación y prevención y cumplimentando las medidas de distanciamiento personal y el uso obligatorio de tapaboca al momento de desplazarse hacia y en las instalaciones
-Desinfección del calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, en especial los propios de cada disciplina, antes de la apertura, periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre
- Registro diario de los asistentes en los distintos horarios.
DEPORTES QUE SE HABILITAN
Individuales
- Atletismo (excluidas las postas)
- Arquería Automovilismo (sin acompañantes)
- Tiro
- BMX
- Motociclismo
- Running
- Cíclismo
- Canotaje, remo y kajak (individual)
- Gimnasia artística y con aparatos
- Equitación
- Golf
- Halterafilia
- Marcha atlética
- Patín artísitico
- Windsurf
- Kitesurf
Individuales en interacción con oponentes:
- Tenis
- Pelota a paleta
- Tenis con paleta o criollo
- Fútbol tenis
- Tenis de Mesa
- Padel
- Bochas
Se permite entrenamiento individual con interacción de juego, respetando la distancia de seis metros entre los participantes, y sin compartir elementos deportivos.
Se habilitan solo a los fines del entrenamiento individual:
- Boxeo
- Judo
- Lucha
- Artes Marciales
En cuanto a las disciplinas colectivas o en equipos: solo a los fines del entrenamiento individual, conforme los protocolos específicos para cada disciplina, complementarios a los establecidos para las instalaciones y que cuenten con la aprobación de la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.