El Municipio de Santo Tomé reglamentó el funcionamiento de las nuevas actividades habilitadas por la Provincia, que podrán retomarse a partir de este lunes 8 de junio.
En ese sentido, el gobierno de la vecina ciudad detalló los requisitos que cada rubro deberá cumplimentar.
Bares y restaurantes
🔹 Deberán funcionar con un máximo del 50% del factor ocupacional.
🔹 La modalidad de trabajo será con reserva previa, garantizando el debido distanciamiento social entre los comensales.
🔹 Se requiere el uso obligatorio y de manera correcta, por parte del personal del establecimiento, de los elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón.
🔹 Los bares y restaurantes deberán llevar un registro diario de asistentes. De este modo se podrá obtener la trazabilidad de casos, si surgieran casos positivos.
En cuanto al modo de preparación de alimentos que serán habilitados progresivamente, se sugiere:
🔹No habilitar comida tipo buffet donde varias personas puedan tocar y contaminar los alimentos.
🔹 Evitar menúes compartidos o en donde el modo de servirse sea con la mano. Se recomiendan menúes en los que se sirva una ración en cada plato.
Actividades deportivas
Se habilitan las actividades físicas sin contacto físico, las que se desarrollan al aire libre y los deportes individuales en espacios ventilados.
Para la realización de actividad física al aire libre en espacios públicos tené en cuenta que:
✅ Se podrá trotar, caminar y andar en bicicleta de forma individual (no están permitidos los grupos).
✅ Se deberá mantener el distanciamiento social.
✅ Continuará la prohibición del uso los juegos y gimnasios aeróbicos en los parques y plazas.
✅ Se debe realizar la higiene de manos antes y después de la actividad física.
✅ Está prohibido el uso de los bebederos. Se recomienda llevar hidratación propia.
✅ No salir a hacer deportes o actividad física en la vía pública si en los últimos 21 días si se han tenido síntomas o se estuvo en contacto con un caso en estudio o confirmado de Covid-19
Clubes y gimnasios
✅ A partir del lunes deberán presentar los protocolos ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
✅ En esta etapa se autoriza la realización de entrenamientos para las disciplinas deportivas individuales, sin contacto y sin elementos o con elementos propios (se detallan en el anexo único del decreto provincial número 474/20).
✅ Las actividades están permitidas sólo para personas mayores de 16 años, con excepción de los grupos de riesgo.
✅ No se permitirá el uso de vestuarios ni lugares comunes.
✅ Se deberán brindar turnos de acuerdo al factor ocupacional, con espacio entre cada turno para permitir la desinfección de los elementos utilizados.
✅ Se deberán respetar todas las medidas de higiene sugeridas por las autoridades sanitarias.
✅ Cada cliente se llevará hidratación y toalla desde su domicilio.