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Viernes 09 de Abril de 2021 - 13:44 hs

Apelan la prisión domiciliaria del marido de Píparo: podría seguir en la cárcel

El abogado de las víctimas del episodio que tuvo como protagonista a Juan Ignacio Buzali anticipó que apelará la decisión de la Justicia, por lo que la excarcelación no será efectiva hasta que la misma quede firme.

Juan Ignacio Buzali al momento de su detención. Foto: Clarín (Archivo).

El abogado que representa a las víctimas del accidente protagonizado por Juan Ignacio Buzali -el marido de la diputada bonaerense Carolina Píparo-, anunció hoy que apelará la decisión de concederle la prisión domiciliaria controlada por una tobillera por el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB).

Martín de Vargas, quien patrocina la querella de los dos jóvenes que resultaron heridos en las primeras horas de 2021, cuando fueron atropellados en las calles de La Plata, en un confuso episodio, adelantó que "dentro de los plazos legales" objetará judicialmente la decisión de la jueza de Garantías de La Plata Marcela Garmendia.

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Esa apelación amenaza con retrasar la salida de la cárcel de Buzali para cumplir la medida de arresto domiciliario en una residencia que fijó en un Club de Campo en la localidad de City Bell.

La jueza Garmendia dispuso en la víspera "una medida morigeradora a la prisión preventiva, bajo la modalidad de prisión domiciliaria, con monitoreo electrónico por parte del Servicio Penitenciario Bonaerense".

La decisión que incluye "la prohibición de conducir vehículos automotores" y obliga a Buzali a "la realización de tratamiento psicológico por vía remota".

La jueza subrayó en el párrafo final de la resolución que la morigeración de la prisión "se hará efectiva una vez que adquiera firmeza".

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Ese condicionamiento implica que la excarcelación de Buzali no se hará efectiva hasta que el fallo de Garmendia quede firme, lo que no puede ocurrir hasta tanto no se evacue la apelación que anunció el abogado de la querella.

Además, hay otros trámites procesales que pueden demorar la salida de la cárcel, como la verificación de que no se registren otros impedimentos legales, por ejemplo otra causa penal en la que se haya ordenado su detención.

Fuente: LT10/ NA