Interés General - habilitados

Viernes 02 de Julio de 2021 - 10:01 hs

Pesca deportiva: los trabajadores se organizan para volver a la acción

Después de protestar y manifestarse, la actividad náutica y pesca deportiva volverá a funcionar en la provincia de Santa Fe.

Actualizado: Viernes 02 de Julio de 2021 - 10:07 hs

Luego de varias jornadas de protestas y la presentación de un petitorioal gobierno provincial, los trabajadores de los sectores ligados a la pesca deportiva fueron habilitados para desarrollar la actividad.

En diálogo con LT10, Carlos Pecorari, representante del sector aseguró que la medida "cayó muy bien, todos están muy contentos desde anoche".

"Esto se demoró y todos estábamos un poco nerviosos porque se estaba dilatando, porque no fue un decreto sino una resolución" agregó Pecorari.

Expectativa en los bares santafesinos por la extensión horaria

Además, hizo hincapié en el respeto de los protocolos que establecen una franja horaria de funcionamiento entre las 6 de la mañana y las 18 hs, simpre dentro del departamento en el que habite, y cumplir con el cupo de 50% de ocupación en cada embarcación.

Por otro lado, recordó que la actividad de cabañas y hospedajes sigue suspendida.

Pesca deportiva y recreativa:

En todo el territorio provincial desde las 0 horas del día 2 de Julio y hasta el 9 de julio inclusive, se autorizan las siguientes actividades:

  • La pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, ocupando en este último caso un máximo del 50% de la capacidad de transporte de personas habilitadas para la embarcación, por las autoridades competentes, debiendo ser menor en caso que con dicho porcentaje no pueda garantizarse el debido distanciamiento social;
  • Las actividades de guarderías náuticas a los fines de retiro y depósito de las embarcaciones para el desarrollo de las actividades habilitadas por el presente;
  • La navegación recreativa o deportiva en cualquier tipo de embarcación.
  • La navegación para el transporte de pasajeros en ningún caso podrá ser con el fin de realizar actividades recreativas, deportivas o reuniones sociales, pudiendo sólo efectuarse para la concurrencia de personas a realizar actividades esenciales.

La habilitación de las actividades indicadas está sujeta al cumplimiento de las reglas generales de conducta y de prevención, y los protocolos oportunamente establecidos para las mismas, sin la realización de reuniones de personas antes o después de las actividades.

Las actividades habilitadas podrán ser desarrolladas por las personas dentro del límite del departamento donde tienen registrado su domicilio o lugar de residencia habitual.

Audio: Carlos Pecorari, representante de pesca recreativa

Fuente: LT10