Las empleadas domésticas recibirán el último aumento del año, correspondiente a las paritarias acordadas en el mes de abril. Este mes tendrá una particularidad: además del aumento que percibirán en sus salarios por los acuerdos a los que llegó la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, también percibirán el aguinaldo.
El último tramo del aumento a pagarse en diciembre es del 9%, corresponde a noviembre pero se liquida a mes vencido, es decir a diciembre 2022. Si bien el aumento fue pactado en un 36% en cuatro partes, no se descarta una nueva negociación en diciembre de cara a los primeros meses de 2023 teniendo en cuenta que la inflación podría alcanzar el 100% anual.
Aguinaldo
El cálculo del aguinaldo se hace sobre el 50% de la mayor remuneración del año y que esté dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
Por su parte, los y las trabajadoras que no tengan un año completo de trabajo, deberán dividir el salario mensual por doce y después multiplicar por la cantidad de meses trabajados.
En el caso de que el trabajo se le pague a la empleada doméstica por hora, habrá que sumar la remuneración total de todos los meses y seleccionar la más alta. Ese sueldo será el que hay que tomar de referencia para estipular lo correspondiente para el aguinaldo.
Para el pago del aguinaldo, hay dos opciones diferentes: o bien se lo puede incluir en el sueldo de junio o diciembre, en ese caso deberá pagarse como máximo el último laboral del mes -tal como lo establece la Ley-, o bien se lo puede pagar por separado, en un recibo de sueldo aparte.
Como suele suceder, la fecha límite de pago de la segunda cuota del aguinaldo es el 18 de diciembre pero al caer domingo es probable que se deposite el lunes 19. El período de gracia se puede extender hasta el 23 de diciembre.
Empleadas domésticas: cómo queda la escala salarial en diciembre
Según lo establecido en la paritaria, los salarios de los empleados de casas particulares a partir de diciembre es:
Primera Categoría - Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
Personal con retiro: $595,00 por hora y $74.273,00 mensual.
Personal sin retiro: $651,50 por hora y $82.732,00 mensual.
Segunda Categoría - Personal para tareas específicas: cocinero/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.
Personal con retiro: $563,00 por hora y $69.004,00 mensual.
Personal sin retiro: $617,50 por hora y $76.813,00 mensual.
Tercera Categoría - Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
$531,50 por hora y $67.324,50 mensual.
Cuarta Categoría - Asistencia y cuidado de personas: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
Personal con retiro: $531,50 por hora y $67.324,50 mensual.
Personal sin retiro: $595,00 por hora y $75.026,00 mensual.
Quinta Categoría - Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
Personal con retiro: $493,00 por hora y $60.544,00 mensual.
Personal sin retiro: $531,50 por hora y $67.324,50 mensual.