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Jueves 10 de Abril de 2025 - 18:06 hs

Ganancias: extienden el plazo para presentar la DDJJ

El Gobierno estableció este jueves condiciones para presentar la declaración jurada para un grupo de contribuyentes.

Actualizado: Jueves 10 de Abril de 2025 - 18:07 hs

Este jueves la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso un conjunto de medidas que espera llevar alivio fiscal a un universo de contribuyentes.

Se les otorgará un plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias. A quiénes alcanza la medida y de cuánto es el plazo diferencial.

La medida de ARCA se tomó en respuesta a la situación que atraviesa Bahía Blanca, tras ser víctima del trágico temporal ocurrido en marzo, que dejó un saldo de, al menos 17 muertos e innumerables destrozos.

En esta línea, a través de la Resolución General 5671/2025, publicada en el Boletín Oficial este jueves, otorga un plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias a los contribuyentes con domicilio fiscal en Bahía Blanca, Ingeniero White y General Daniel Cerri.  

La disposición lleva la firma de su director ejecutivo, Juan Alberto Pazo, y contempla una prórroga diferenciada según la terminación de CUIT para personas jurídicas, personas humanas y sucesiones indivisas.

También se aprueba la suspensión temporal de intimaciones y acciones judiciales por parte del organismo, la exclusión transitoria de los planes de pago del proceso de caducidad y un mecanismo de acreditación especial para quienes no estén previamente caracterizados.

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Qué implica este alivio excepcional

En primer lugar, aparecen como beneficiarias las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) con el Certificado MiPyME vigente, que tendrán la posibilidad de extender el plazo para la presentación de sus declaraciones juradas.

También se incluyen a las personas humanas y sucesiones indivisas que sean caracterizadas como pequeños contribuyentes dentro del Sistema Registral de ARCA. Además, las entidades sin fines de lucro, tales como asociaciones, fundaciones, cooperativas y mutuales, también podrán beneficiarse de esta prórroga.

Por su parte, también los organismos públicos y universidades que se encuentren registrados bajo la forma jurídica "Organismo Público" en el Sistema Registral también están habilitados para acceder a los plazos extendidos.

Además, se incluyen algunas medianas empresas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa.

Fuente: LT10-Agencias