Después de un tenso debate, la Cámara de Diputados aprobó esta tarde la ley de responsabilidad penal empresaria, que penaliza la corrupción y otros delitos de las “personas jurídicas” (sociedades, asociaciones, fundaciones, cooperativas).
La discusión más acalorada la desató el artículo 37, llamado irónicamente el “artículo Odebrecht”, que buscaba que el Poder Ejecutivo pudiera negociar con empresas que se convirtieran en colaboradoras eficaces con el objetivo de acceder a información sobre los delitos de esas compañías.
En la continuidad de la ley aprobada en general el miércoles pasado, el oficialismo recibió un revés en la votación en particular de la ley de Responsabilidad Penal Empresaria: el artículo 37 -el más cuestionado- fue rechazado con 131 votos en contra y 87 a favor. Sin embargo, la iniciativa obtuvo media sanción y será girada al Senado para su aprobación final.
La ley de responsabilidad penal empresaria, que penaliza la corrupción y otros delitos de las “personas jurídicas” (sociedades, asociaciones, fundaciones, cooperativas).
El artículo 37, llamado irónicamente el “artículo Odebrecht”, buscaba que el Poder Ejecutivo pudiera negociar con empresas que se convirtieran en colaboradoras eficaces con el objetivo de acceder a información sobre los delitos de esas compañías.
Si bien tras la votación quedó desechado (130 a 88 en contra del artículo 37), el tema generó discusiones sobre su constitucionalidad, su legitimidad ética, y su posible transgresión sobre otro poder del Estado, el Judicial.
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El oficialismo lo presentó como bandera de lucha contra la corrupción “para saber la verdad”; para la oposición, era “inconstitucional” o incluso –según los argumentos que se escucharon- para que el Gobierno lo usara en casos de corrupción del kirchnerismo pero evitara los que lo puedan salpicar.
El artículo 37 se cayó de la ley al obtener sólo 86 votos a favor, y 132 en contra. Pese a que el oficialismo hizo un último esfuerzo al proponer un nuevo texto, según el cual los acuerdos con las empresas ya no los haría la Procuración del Tesoro (los abogados del Estado), encabezada por Bernardo Saravia Frías, muy cercano al Gobierno, sino un representante del Ministerio Público y otro de la Auditoría General de la Nación, con intervención de un juez evaluando su “legalidad y razonabilidad”.