Interés General - flexibilizaciones

Lunes 14 de Junio de 2021 - 08:07 hs

Las nuevas actividades que vuelven a funcionar desde este lunes

Se destacan la vuelta de los gimnasios y clubes -con un aforo limitado- y las celebraciones religiosas. También se extiende el horario de circulación vehicular permitido.

Actualizado: Lunes 14 de Junio de 2021 - 08:11 hs

El pasado viernes finalizó el último decreto provincial con una serie de restricciones duras para Santa Fe en el marco de frenar el aumento de casos de coronavirus. Sin embargo, luego de un fin de semana de "confinamiento estricto", en la provincia comienza a regir un nuevo decreto con una serie de flexibilizaciones.

Si bien todos los departamentos de la provincia continúan en igual situación epidemiológica que hace 15 días, desde el lunes quedan autorizadas una serie de actividades que hasta el momento estaban prohibidas, como ser los gimnasios, actividad en clubes y celebraciones religiosas. También, se permite la circulación vehicular en la vía pública, desde las 06hs hasta las 20hs. 

En diálogo con LT10, el ministro de Trabajo, Juan Manuel Pusineri explicó que esta apertura se debe a "una tenue mejora en los números de los contagios", y que las flexibilizaciones, están "relacionadas con una mayor apertura del comercio y la actividad física que se puede realizar al aire libre, comprendiendo en ello los clubes y los predios que estén en condiciones de hacerlo".

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El detalle de las medidas:

Restricción a la Circulación Vehicular: En todo el territorio provincial queda autorizada la circulación vehicular en la vía pública, desde las 06hs hasta las 20hs. A partir de las 20hs y hasta las 06hs del día siguiente sólo se permitirá la circulación de quienes realicen actividades esenciales.

Quedan exceptuados de la restricción: Quienes cumplan con su actividad laboral Quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas).

Comercio Mayorista y Comercio Minorista Venta de mercaderías / con atención al público: se amplía el horario de la actividad del comercio mayorista y comercio minorista, con atención al público en los locales, todos los días de la semana hasta las diecinueve (19) horas. El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).  

Actividades Comerciales: queda habilitada la actividad de los locales comerciales ubicados en centros y paseos, en modalidad galería; cumplimentando las reglas generales de conducta, prevención y los protocolos establecidos, hasta las diecinueve horas (19hs). 

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Actividades Gastronómicas:

Los locales gastronómicos podrán funcionar entre las 06hs y las 19hs. 

Actividades Religiosas: se habilitan al aire libre sin superar las 10 personas, manteniendo la distancia mínima de 2 metros y el uso de barbijo en todo momento.

Actividades recreativas y deportivas: Sólo bajo modalidad entrenamiento, al aire libre y sin superar las 10 personas, se habilita la actividad de clubes, gimnasios, natatorios y otros establecimientos afines.

Fuente: LT10