La Cámara de Bahía Blanca reconoció, en el marco de la Emergencia Pública, la validez de la suspensión de la fórmula de movilidad para el pago a jubilados y su reemplazo por ajustes por decreto, pero determinó que una vez superada esa crisis, los ajustes del 2020 deberán actualizarse hasta el 42%.
La decisión sostuvo que las jubilaciones incrementadas por decreto durante el actual gobierno perdieron frente al índice que arrojaba en 2020 la legislación vigente sobre haberes previsionales, suspendida en virtud de la emergencia dictada por el Congreso a poco de asumir la presidencia Alberto Fernández.
Pero la cámara dispuso que una vez finalizada la Emergencia corresponde que el haber jubilatorio a diciembre del año pasado se ajuste con relación a igual mes de 2019 de acuerdo con el porcentaje de la fórmula de movilidad suspendida (42,13%), por lo que se espera que ahora deberá definir la Corte Suprema de Justicia.
La decisión fue adoptada por los jueces Pablo Esteban Larriera y Leandro Sergio Picado, en la causa "Martínez, Eduardo Rubén, c/ Anses, s/ Reajustes varios".
La sentencia dispone que por los decretos dictados, la movilidad varió entre 24,28% y 35,31%, según el monto del haber. Así, sostiene el fallo, fue inferior al incremento del 42,13% que hubiese correspondido a todos los beneficiarios durante el 2020, de haberse aplicado la fórmula suspendida. .
Hasta ahora, hay dos fallos de Cámaras provinciales impugnando los aumentos por decreto, dos de la Cámara de la Ciudad de Buenos Aires –Sala I y Sala II- que los considera constitucionales, y este de Bahía Blanca, que los admite durante la Emergencia pero ordena que, una vez finalizada, se aumenten los haberes de diciembre 2020 un 42,13%, según la fórmula suspendida.