Un hombre de 22 años identificado como Nicolás Ariel Ferrero fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo porque, en un contexto de violencia de género, agredió a una joven menor de edad que era su pareja en la ciudad de Santa Fe.
La sentencia fue dispuesta por el juez José Luis García Troiano en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos llevado a cabo en los tribunales de la capital provincial. Por su parte, la fiscal que estuvo a cargo de la investigación es María de los Milagros Parodi.
La representante del MPA aclaró que “Ferrero también fue condenado por haber amenazado de muerte a su propio padre y por haber desobedecido una orden judicial que le impedía acercarse a él”.
Parodi también informó que “la pena impuesta resultó de la unificación con una condena que ya pesaba sobre Ferrero por delitos contra la propiedad”.
Golpes y amenazas
En la audiencia de juicio abreviado, Parodi señaló que “durante la tarde del martes 12 de enero de 2021, Ferrero le propinó golpes de puño en diferentes partes del cuerpo a la mujer que en ese momento era su pareja”. Precisó que “la agresión fue cometida en una vivienda ubicada en calle Brasil al 4.600, donde ambos residían junto a una hija que tienen en común”.
Por otro lado, la fiscal expuso los hechos ilícitos en contra del padre del condenado. “A sabiendas de la vigencia de un mandato judicial que expresamente le prohibía acercarse a menos de 200 metros de su progenitor, el hombre de 22 años lo incumplió por lo menos dos veces”, aseguró.
Relató que “el domingo pasado, Ferrero fue hasta la casa en la que vive su padre y lo amenazó de muerte con un cuchillo de cocina”. Asimismo, contó que “dos semanas antes, el condenado ya había ido al inmueble sin autorización”, y mencionó que “en esa ocasión, rompió un portón de chapa y amedrentó a la víctima con el fin de que le entregara dinero”.
Responsabilidad penal
La fiscal puntualizó que “Ferrero fue condenado como autor de los delitos de lesiones leves dolosas calificadas (por el vínculo y por haber sido cometidas por un hombre hacia una mujer en un contexto de violencia de género); amenazas agravadas (por el uso de arma); amenazas coactivas; desobediencia de mandato judicial y daño”.
Según afirmó, “la Defensa aceptó la calificación penal de los ilícitos, la pena impuesta y el procedimiento abreviado elegido para desarrollar el juicio”. A su vez, “las víctimas fueron notificadas y expresaron su conformidad con lo resuelto”, indicó.