Interés General - segunda cuota

Miércoles 22 de Noviembre de 2023 - 19:05 hs

Aguinaldo 2023: cuándo se cobra en diciembre y cómo se calcula

La legislación vigente establece una fecha límite para abonar el Sueldo Anual Complementario.

Actualizado: Miércoles 22 de Noviembre de 2023 - 19:06 hs

Con el mes de noviembre entrando en su tramo final y las cuentas de los argentinos seriamente presionadas por tres meses de inflación promedio por encima de los dos dígitos, la perspectiva de la llegada del aguinaldo 2023 en diciembre es un elemento clave de la planificación financiera de empleados en relación de dependencia para lo que queda del año.

Los trabajadores deben recibir cada año un pago “extra” equivalente a la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas en el respectivo año calendario, el Salario Anual Complementario (SAC). Según establece la legislación, el monto se debe pagar en dos cuotas, una en junio y otra en diciembre.

La Ley de Contrato de Trabajo determina que la fecha límite para el pago de la primera mitad del SAC es el 30 de junio, mientras que la segunda cuota tiene por fecha límite el 18 de diciembre de cada año.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

El consultor Sebastián M. Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, detalló los diferentes ítems que empresas y empleados deben tener en cuenta para la liquidación del SAC. El importe a abonar en cada semestre es el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de ese semestre.

Ésta es la fórmula para calcular cuánto te toca de aguinaldo este 2023

En el cálculo se excluye todo rubro no remunerativo, como los beneficios sociales (el servicio de comedor en la empresa, la provisión de ropa de trabajo y de cualquier otro elemento vinculado a la indumentaria y al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el desempeño de sus tareas, entre otros), las gratificaciones otorgadas por única vez, las gratificaciones vinculadas a la extinción del contrato de trabajo y las prestaciones complementarias del art. 105 de la Ley, entre otros puntos.

El experto aclaró que las horas extras, las comisiones y las demás remuneraciones variables sí forman parte de la remuneración mensual devengada que debe considerarse a los efectos de establecer cuál es la mayor del semestre.

Según el especialista, el rubro “a cuenta de futuros aumentos” también debe considerarse para calcular el sueldo anual complementario ya que integra la remuneración mensual devengada.

También indicó que deben considerarse tanto las remuneraciones en dinero como en especie, como por ejemplo el valor correspondiente a la cesión de uso de un automóvil o de un teléfono celular de la empresa para usos particulares.

Las horas extras, las comisiones y toda otra remuneración variable forman parte de la remuneración mensual devengada que debe considerarse a los efectos de establecer cuál es la mayor del semestre

En otro orden, destacó que si en el semestre posterior se otorga un incremento salarial retroactivo que modifica la mejor remuneración considerada al liquidar la cuota del SAC del semestre anterior se deberá reliquidar la cuota del SAC y pagar la diferencia.

Fuente: LT10-Agencias