Los trabajadores en relación de dependencia, al igual que monotributistas y jubilados, que posean obras sociales que formen del Sistema Nacional del Seguro de Salud podrán cambiarla con un simple trámite.
Además, al realizar el cambio se mantendrá la cobertura familiar. De todas maneras, los afiliados deben analizar qué obra social les garantiza la continuidad de los servicios esenciales y tenga un plus más que la anterior.
Quienes tengan sus aportes en el recibo de sueldo podrán hacer el cambio en cualquier momento. Es habitual que el empleador derive los aportes a la obra social estipulada por convenio o a una prepaga para quienes estén fuera de convenio.
Se deberá aguardar 12 meses para realizar el cambio.
Este grupo elige su obra social al momento de dar de alta el tributo. Pueden modificarlo una vez al año.
Jubilados
El cambio depende de la situación jubilatoria. Quienes realizaron aportes a una caja profesional (médicos, abogados, policía, etc) deberán comunicarse con la administración de la entidad correspondientes para verificar opciones de nuevas obras sociales.
¿Qué documentación necesito para hacer un cambio de obra social?
- Clave fiscal nivel 3. Se obtiene en la AFIP.
- Datos personales: nombre y apellido, DNI, CUIL/CUIT, domicilio, e-mail, etc.
- Obra social de destino. Para conocerlas ingresar en este link.
- ¿Cómo se hace el cambio de obra social?
El trámite se debe hacer desde el portal de la Superintendencia de Salud de la Nación a través de los siguientes pasos:
- Ingresar al portal Mi SSSalud. Hacer click en "opción de cambio de obra social".
- Iniciar sesión en la web de la AFIP con CUIL y clave fiscal.
- Después seleccionar "nueva opción".
Completar el formulario donde se encontrará la opción de "elección de obra social" en la que se deberá elegir una del listado y luego presionar en "aceptar".
Después de completar el trámite recibirán un número de trámite.
Además, se enviará un mail con el detalle del trámite realizado. Si todos los datos están correctos deberán hacer click en "confirmar trámite". Tendrán un plazo de 48 horas para confirmar.
Una vez completada la parte online, se deberá continuar la gestión de manera presencial o por teléfono con la obra social elegida.