El Gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la ley N° 27.351 que que garantiza el servicio y la gratuidad del suministro eléctrico para los hogares con personas cuyos problemas de salud los obliga a depender del uso permanente de equipos eléctricos.
Asimismo, se establece que el Ministerio de Energía y minería será la autoridad a cargo de su aplicación. El beneficio para los denominados "electrodependientes" fue aprobado el 19 de abril del año pasado por unanimidad en la Cámara de Diputados.
Además de garantizar el suministro y la gratuidad del servicio, la nueva ley exime a los hogares "electrodependientes" de los costos que demanden la instalación o adaptación del inmueble a las necesidades del paciente, al tiempo que los exceptúa de cualquier programa de premios y castigos destinado a incentivar la baja del consumo eléctrico.
El Ministerio de Salud será el encargado de establecer las condiciones necesarias para la inscripción en el "Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud" y dictará las normas aclaratorias y complementarias para su aplicación.
Por su parte, el Ministerio de Energía y Minería, en consonancia con el Ministerio de Salud, desarrollará campañas de difusión, educación y concientización sobre los derechos de los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud y de los principios comprendidos en la nueva ley.