Desde el Ministerio Publico de la Acusación informaron que se condenaron a 12 policías del Comando Radioeléctrico de la ciudad de Santa Fe, por diferentes delitos que fueron cometidos mientras prestaban funciones en esa dependecia de la policia de la provincia.
Los encargados de las investigaciones fueron los fiscales Ezequiel Hernandes y Mariela Jimenes, quienes detallaron que “los delitos fueron cometidos entre 2016 y 2019”, y advirtieron que “no todos los condenados y acusados participaron de los mismos hechos” y detallaron que mañana comienza el jueicio oral para otros dos acusados.
Los condenados hasta el momento sonDiego Javier Manzotti de 44 años; Waldemar José Augusto Gamboa de 42; Oscar Alberto Guarda de 34; Eduardo Miguel Ramos de 44; Jonatan Emanuel Pintos de 34; Gustavo Ariel Godoy de 41; María Elena Bisegna de 45; Luis Javier Gorosito de 36; Walter Andrés Tobares de 40; Germán Matías Scalcione de 35; Cristian David Toloza de 44 y Néstor Eduardo Sánchez de 47.
Los fiscales comentaron que “Uno de los ilícitos ocurrió en septiembre de 2018 y fue producto del accionar coordinado de Scalcione, Tobares, Gorosito, Toloza, Ramos, Bisegna, Guarda, Pintos y la integrante del Comando Radioeléctrico que será juzgada a partir de mañana”, especificaron.
“En el marco de un cacheo a tres hombres que estaban en la vereda de una casa ubicada en Padre Catena al 4.000, los policías les sustrajeron una billetera con 13.000 pesos en efectivo”, relataron los fiscales. “Inmediatamente después, sin orden habilitante ni justificación, rompieron el vidrio de la puerta de ingreso al domicilio, lesionaron a una mujer y, con un disparo de escopeta, mataron al perro de la familia”, remarcaron.
“Los condenados y la acusada se apoderaron de 60.000 pesos, privaron ilegítimamente de la libertad a un hombre y le atribuyeron la portación de un arma que no llevaba consigo”, afirmaron. “Tanto él como la víctima a la que le quitaron la billetera fueron aprehendidos por los uniformados, quienes confeccionaron actas con declaraciones falsas”, añadieron.
Además, aseveraron que “Guarda y Ramos cometieron ilícitos juntos en al menos cuatro ocasiones más”. Contaron que “se dividieron tareas para agredir a otras personas con golpes de puño, patadas y objetos contundentes”. En tal sentido, subrayaron que “en un hecho del que también participaron Manzotti y Gamboa, la víctima fue un empleado del Servicio Penitenciario al que le pegaron, le robaron dinero y un teléfono que luego rompieron”.
Hernández y Jiménez narraron que “en el marco de su labor en el Comando, Ramos y Guarda redactaron actas como si dos hombres a los que aprehendieron hubieran tenido armas de fuego cuando ello no era así”. Según destacaron, “quienes en esas oportunidades contaban con un revólver y una carabina sin la debida autorización eran los policías condenados”.
En cuanto a Godoy y el acusado de iniciales F. E. A. –que será juzgado a partir de mañana–, los fiscales manifestaron que “en marzo de 2019 tuvieron en su poder un arma de fuego de uso civil que carecía de autorización legal”. Asimismo, indicaron que “Sánchez fue condenado por la tenencia indebida de una escopeta y un revólver”.
Penas impuestas
En relación a los 12 condenados, Hernández y Jiménez señalaron que “a Manzotti se le impusieron 15 años de prisión efectiva”, y detallaron que “el monto resultó de la unificación de dos años y seis meses de prisión dispuestos por los delitos que investigamos y otro antecedente penal condenatorio”.
Por su parte, “Guarda fue condenado a siete años y medio de prisión efectiva –que cumplirá de forma domiciliaria–; fue inhabilitado para ejercer cargos públicos por 15 años; y se le impuso una multa de 20.000 pesos que deberá pagar al MPA”, explicaron los fiscales.
Mencionaron que “a Ramos se lo condenó a seis años de prisión efectiva; fue inhabilitado por 12 años; y deberá abonar una multa de 10.000 pesos”. Añadieron que “a Bisegna se le impuso una pena de seis años y seis meses de prisión; e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo”. Además, dijeron que “Pintos fue condenado a cinco años y seis meses de prisión efectiva; y quedó inhabilitado por 11 años”.
Los funcionarios del MPA también plantearon que “Gorosito, Tobares, Toloza y Scalcione fueron condenados a tres años de prisión de ejecución condicional y debieron pagar una reparación a las víctimas”. A su vez, “a Sánchez se lo condenó a tres años de prisión de ejecución condicional y se le impuso una multa de 15.000 pesos”, agregaron.
Asimismo, puntualizaron que “para Gamboa se ordenaron dos años de prisión de cumplimiento condicional; y para Godoy se dispuso un año de prisión condicional y una multa de 10.000 pesos”.
Calificaciones penales
Los funcionarios del MPA expresaron que “los hechos delictivos que investigamos fueron calificados como privación ilegal de la libertad por abuso funcional; acto de crueldad animal; lesiones graves; severidades; apremios ilegales; robo calificado; hurto calificado; falsedad ideológica en instrumento público calificada; daño; y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil”.