La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso a través de la Resolución General 5165/2022 un plazo hasta el 13 de abril para tramitar la devolución del 35% del Impuesto a las Ganancias que se paga al comprar dólar ahorro, así como aquellos gastos que se realizaron en moneda extranjera mediante tarjeta de crédito y débito.
Los empleados en relación de dependencia que les retienen ganancias deberán presentar el Formulario Web 572 correspondiente al 2021 para recuperar las percepciones del 35% del año pasado.
Los conceptos ingresados como pagos a cuenta deberán ser informados por medio del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) a través de la presentación del Formulario web 572.
¿Cuáles son las deducciones admitidas en el Impuesto a las Ganancias?
- Cuota médico asistencial (medicina prepaga o cuota que exceda el aporte obligatorio a la obra social).
- Primas de seguro para el caso de muerte (seguro de vida).
- Primas de Ahorro correspondientes a Seguros Mixtos.
- Aportes correspondientes a Planes de Seguro de Retiro Privados.
- Donaciones.
- Intereses de préstamos hipotecarios.
- Gastos de sepelio (personas a cargo).
- Gastos médicos y paramédicos.
- Alquiler de inmuebles destinados a casa habitación.
- Deducción del personal doméstico.
- Aporte a sociedades de garantía recíproca (SGR).
- Vehículos de corredores y viajantes de comercio.
- Gastos de movilidad de viajantes.
- Otras deducciones (aportes jubilatorios para la ANSES, aportes a Cajas de jubilación provinciales, Impuesto al cheque, entre otras).
- Otras deducciones que se pueden aplicar en el SIRADIG
Como novedad podemos encontrar dentro de las deducciones, gastos por el home office debido a la pandemia causada por el COVID-19:
Gastos de Adquisición de Indumentaria y Equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo: se podrá deducir en su totalidad todo gasto vinculado al equipamiento que necesita el empleado para ejercer su labor.
Los jubilados y quienes viven en la Patagonia tienen que ingresar en la opción "Beneficios", hacer clic en Trabajador Zona Patagónica y Jubilados / Pensionados y completar la información que piden para poder tener la deducción especial.
En la pestaña "Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta" se podrá computar:
- Impuesto sobre créditos y débitos.
- Percepciones / Retenciones aduaneras
- Percepciones de la resolución general (AFIP) 3819/2015, realizadas por cancelaciones en efectivo.
- La devolución del impuesto al dólar
En este caso, se debe cargar la deducción por Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020", realizadas por compra de dólar ahorro, gastos con tarjetas de crédito, compra y débito en moneda realizados en el exterior, pagos con tarjeta por compras desde el país, compras en agencias de viajes, compras de pasajes de avión, tren, barco o colectivo (35%).