Interés General - fechas a tener en cuenta

Jueves 09 de Junio de 2022 - 11:18 hs

Aguinaldo, feriados y vacaciones de invierno

Se trata de los temas más consultados en estas fechas. Toda la información importante para tener en cuenta.

Concluyendo la primera mitad de año, muchos están pendientes de ciertos temas. Uno de ellos pasa por lo económico y tiene que ver con el pago de la primera parte del Sueldo Anual Complementario. Otro tiene que ver con el descanso y alcanza, sobre todo al sector educativo, es decir para alumnos y docentes que aguardan la llevada del receso invernal. Y otra cuestión que se destaca este año es el fin de semana extra largo de junio que coincide con el día del padre.

Aguinaldo

Todos los años en Argentina, según la Ley de Contrato de Trabajo, los trabajadores tienen que recibir el Sueldo Anual Complementario, conocido popularmente como aguinaldo.

El mismo está regulado por la Ley Nº 23.041 y el Decreto Reglamentario Nº 1.078/84. Está dividido en dos partes, y la primera se abona en el mes de junio. Cada mitad del Sueldo Anual Complementario iguala el 50% de la mayor remuneración por mes que cobró el trabajador en los seis meses anteriores. La fecha límite para recibir el monto está determinada por la ley.
¿Cuándo se paga el aguinaldo 2022?
Según establece la ley 27.073, el pago del primer medio aguinaldo del año se paga, como tope, en la última jornada laboral de junio.

Por esa razón, el aguinaldo se debe cobrar hasta el 30 de junio. Sin embargo, ese plazo se puede extender hasta cuatro días hábiles. Por eso, este año podrá pagarse hasta el 6 de julio.

Distinto es el caso del medio aguinaldo de diciembre, que se cobra como máximo el 18 de diciembre, con un período de tolerancia también de cuatro días hábiles.

En cuanto a los estatales entrerrianos, en los últimos años se ha pagado después de los sueldos de junio que se abonan concluido este mes. Es decir alrededor del 10 de julio.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Para calcular el aguinaldo se debe tomar el 50 por ciento de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto (sueldo básico, horas extra y cualquier otro extra percibido) dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.

Ambos se calculan sobre los 6 meses próximos anteriores, es decir que el aguinaldo de junio se calcula en base a los sueldos de enero a julio al último mes del año.

¿Qué pasa con los trabajadores con menos de un año de antigüedad?
En el caso de los trabajadores que tienen menos de un año de antigüedad, el aguinaldo se liquida según los meses trabajados mediante dos fórmulas posibles.

Una es dividir el mejor sueldo a la mitad, volver a dividir nuevamente ese monto por seis y multiplicar el resultado por los meses trabajados.

La otra es multiplicar los meses trabajados por la mitad del mejor sueldo mensual y, a ese resultado, dividirlo por seis.

En cuanto a los empleados que no hayan trabajado el semestre completo, el aguinaldo se calcula según la siguiente fórmula: el tiempo real trabajado durante el semestre se debe multiplicar por la mitad del mejor salario recibido y, a este total, se lo divide por seis.

¿Cómo calcular otros conceptos?
Horas extras y comisiones: Ambas se deben sumar al monto del salario del mes en el que fueron abonadas con el fin de calcular la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto.

Modificación de horarios por mutuo acuerdo: Si el trabajador realiza una jornada inferior a la normal a lo largo del semestre por un acuerdo entre las partes, se debe computar nuevamente el mes con mayor remuneración sin considerar el tiempo de trabajo.
Retroactividades: No corresponde sumarlas al mes en que se abonan, sino prorratearlas entre los meses en que se han devengado.
Exclusión de conceptos no remunerativos: Se deben excluir todos los conceptos o rubros que, aunque se abonen conjuntamente con la remuneración, no tienen naturaleza remuneratoria o salarial. En este sentido, quedan excluidos de la base del aguinaldo, entre otros, los siguientes conceptos: licencia por maternidad, licencias sin goce de sueldo y beneficios sociales.

Qué día empiezan las vacaciones de invierno 

Tanto en Córdoba, Catamarca, Chubut, Córdoba, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Fe y Tucumán, el receso se celebrará entre los días 11 y 22 de julio.

En Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires, Chaco, Corrientes, Formosa, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego las vacaciones de invierno comenzarán el 18 de julio y se extenderán hasta el 29.

Los feriados que quedan en Argentina

Mayo tuvo tres feriados: el 1 que cayó domingo, el 18 que fue el Censo nacional y el 25, para conmemorar la Revolución de Mayo. Sin embargo, estos dos últimos fueron miércoles, por lo que ninguno facilitó la actividad turística.
No obstante, la situación será distinta este mes. En junio habrá un fin de semana extra largo que será de cuatro días ya que el viernes 17 y el lunes 20 son feriados: por el paso a la Inmortalidad del Gral. Don Martín Miguel de Güemes y el del Gral. Manuel Belgrano, respectivamente. Y coincidente con esto, el Día del Padre se celebrará el domingo 19.
  • Viernes 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes se celebrará el mismo viernes
  • Lunes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
  • Sábado 9 de julio: Día de la Independencia
  • Miércoles 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General. José de San Martín se celebrará el 15 de agosto
  • Viernes 7 de octubre: Feriado con fines turísticos
  • Miércoles 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural se celebrará el 10 de octubre
  • Lunes 21 de noviembre: Feriado con fines turísticos
  • Jueves 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
  • Viernes 9 de diciembre: Feriado con fines turísticos
  • Domingo 25 de diciembre: Navidad

Feriados puente o con fines turísticos
En cuanto a los feriados con fines turísticos, el decreto estableció como fechas el 7 de octubre, 21 de noviembre y 9 de diciembre.

Los fines de semana extra largos
Por otro lado, en cuanto a los fines de semana largos que se designaron durante el año, son en total cuatro. Uno de ellos fue entre el sábado 26 de febrero y el martes 1 de marzo, mientras que los siguientes serán del viernes 17 al lunes 20 de junio, luego del viernes 7 al lunes 10 de octubre y el último del jueves 8 al domingo 11 de diciembre.
 

Fuente: El Once