El titular de la Fiscalía General N°4 ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier Augusto De Luca, interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra un fallo de la Cámara Federal de Casación, en el marco de una de las causas donde se investigan torturas a soldados durante la Guerra de Malvinas, con el fin de que el máximo tribunal se expida sobre si esos hechos constituyen o no delitos de lesa humanidad y, por lo tanto, son imprescriptibles.
“Esto es lo que se pretende en estas actuaciones: que la Corte Suprema abra el recurso y analice de una vez por todas el fondo del asunto, a fin de resolver de una manera definitiva si los delitos aquí investigados son de lesa humanidad, crímenes de guerra o graves violaciones a los derechos humanos. Se trata de un ‘leading case’, del derecho internacional, una situación única y difícilmente repetible”, explicó el representante del Ministerio Público Fiscal en su dictamen.
El 30 de mayo de 2022, la sala I de la Cámara Federal de Casación Penal "hizo lugar, por mayoría, al recurso de cuatro imputados en una causa donde se investigan torturas a los conscriptos y se basó para ello en un fallo anterior de ese mismo tribunal", según consignó oficialmente el Ministerio Público Fiscal.
"En ese expediente, se había revocado la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia de no declarar la prescripción de la acción penal", recordaron.
En aquella resolución, la Cámara de Apelaciones había denegado la extinción de la acción penal por considerar que "no era extensiva o aplicable la decisión de la Sala I de la Casación que, en septiembre de 2009 y con una integración distinta a la actual, había dispuesto que los hechos imputados no eran delitos de lesa humanidad".
Actualmente, se encuentra pendiente ante la Corte Suprema un recurso extraordinario federal por parte de la fiscalía que espera la resolución.
El representante del Ministerio Público Fiscal explicó que los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad "generan la misma obligación internacional para los Estados en cuanto al deber de búsqueda, detención, enjuiciamiento y -de corresponder- castigo de los responsables".
"Obstáculos como el instituto de la prescripción de la acción penal no son admisibles para incumplir con esas obligaciones".
De Luca sostuvo que la fiscalía planteó que se trata de un hecho "que se puede y debe tratar ahora mismo" y "un tema apto para dictar un leading case en materia de delitos cometidos por militares en medio de una guerra contra la propia tropa y, después de dos años pese a lo cual, la mayoría del tribunal de casación dijo que el asunto ya estaba resuelto en 2009".
Además, lamentó que Casación "no trató" los argumentos propuestos por el Ministerio Público Fiscal, "ya que la conclusión de que no se trata de hechos de lesa humanidad, no descarta que sean crímenes de guerra y/o graves violaciones a los Derechos Humanos".
Por otra parte, afirmó que "no hay 'cosa juzgada' en la causa anterior ni violación al principio 'non bis in idem'", que no permite juzgar dos veces a una persona por el mismo delito y que no se trataba de los mismos hechos ni de las mismas personas.
"Nuestra pretensión de tratar los hechos investigados como crímenes de guerra y/o graves violaciones a los DD.HH. fue omitida, no fue tenida en cuenta por los jueces de la mayoría, lo que traduce en causal de arbitrariedad de sentencia", destacó, en referencia al voto de los magistrados Diego Barroetaveña y Daniel Petrone. La jueza Ana María Figueroa se había expresado en disidencia.
Y resaltó: "las víctimas de torturas en el campo de batalla hace 40 años que esperan por justicia".