La Cámara de Inmobiliaria aclaró que el decreto de congelamientos del Ejecutivo Nacional significa que si el locatario tenía previsto un incremento en estos meses y decide postergarlo, deberá abonarlo después del 30 de septiembre.
Esta diferencia podrá ser abonada en tres o seis cuotas.
Walter Govone, presidente de la Cámara de Empresas y Corredores Inmobiliarios, remarcó que “el decreto no elimina los aumentos, los posterga con un interés compensatorio, a una tasa de plazo fijo del Banco Nación (por estos días es del 28%).
Además, las inmobiliarias extendieron hasta el 13 de abril el vencimiento del pago de los alquileres de marzo.