Economía - a la AFIP

Martes 03 de Enero de 2023 - 17:24 hs

Cómo pedir la devolución del 35% por la compra de dólar-ahorro

Los contribuyentes ya puedan solicitar el reintegro de los impuestos retenidos en la compra del cupo mensual de USD 200 en el mercado oficial y de las compras en el exterior.

Con la llegada del 2023 la AFIP abrirá la puerta para que los contribuyentes puedan reclamar ante el fisco la devolución de la percepción del 35% por la compra de dólares o consumo en moneda extranjera en el mercado oficial hecha a lo largo de 2022. El organismo tributario prevé el cobro de un recargo del Impuesto a las Ganancias y también de Bienes Personales para encarecer el precio de la divisa norteamericana.

El fisco prevé que desde el primer día del año los contribuyentes puedan solicitar el reintegro de los recargos tributarios hechos por la compra de divisas en el mercado oficial

El proceso de solicitud ante la AFIP para el reintegro de esas sumas cobradas a lo largo del año pasado no estará habilitado para todos los contribuyentes y habrá que cumplir ciertas condiciones para poder iniciarlo, según recopiló el tributarista y CEO de SDC Asesores Tributarios Sebastián Domínguez, que señaló a manera explicativa cuáles son las 15 claves a tener en cuenta para pedir la devolución y no fallar en el intento.

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Quiénes pueden pedirlo

Podrán iniciar el trámite quienes no estén inscriptos en el impuesto a las Ganancias, o bien pague Ganancias pero no Bienes Personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219. También en caso de que un contribuyente no esté inscripto en el impuesto sobre los Bienes Personales o bien lo esté pero no Ganancias.

La AFIP captó en los últimos tres meses del 2022 el 85% del total que buscaba por esa vía y consiguió un refuerzo de ingresos para el cierre de la meta fiscal con el FMI; cuánto representa sobre el total de la recaudación

También podrán hacerlo quienes trabajen en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las Ganancias por parte del empleador como agente de retención. De todas formas, estarán incluidos también empleados en relación de dependencia y siendo pasible de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte del empleador o del agente de retención y que haya tenido percepciones.

Requisitos para solicitarlo

Quienes busquen iniciar el trámite deberán tener número de CUIT, clave fiscal ante AFIP de nivel de seguridad 2 o superior, se deberá informar a la AFIP el número de CBU en la que se acreditarán los fondos a través del servicio “Declaración de CBU”, tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

Sobre qué percepciones se puede pedir

Solamente se permitirá pedir la devolución de las percepciones del 35%, 45% y 25% de la Resolución General 4815 de la AFIP. El cobro del impuesto PAIS del 30% no es pasible de devolución, es un gasto.

Fuente: LT10-Agencias