Política - Revés para Morales

Lunes 09 de Octubre de 2023 - 15:29 hs

Jujuy: dieron lugar a un habeas corpus por la violencia policial en las protestas

La Cámara de Casación aceptó tratar un pedido presentado entre otros por el Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel contra el accionar de las fuerzas de seguridad jujeñas durante las manifestaciones contra la reforma constitucional jujeña.

Actualizado: Lunes 09 de Octubre de 2023 - 16:07 hs

La Cámara Federal de Casación Penal aceptó analizar una acción de hábeas corpus presentada por el premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel y otros dirigentes sociales y humanitarios por los episodios de violencia durante las protestas contra la reforma constitucional de Jujuy.

La acción contra el accionar de las fuerzas de seguridad jujeñas durante las protestas había sido presentada por Pérez Esquivel; Adriana Aredez, hija del ex intendente jujeño Luis Aredez, desaparecido durante la dictadura; la abogada Silvana Llanes, apoderada de las Comunidades indígenas de Caspalá y Lumara,  y Raúl Sajama, vicepresidente de la Comunidad Indígena Angosto del Perchel.

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El habeas corpus había sido rechazado por el juzgado federal de primera instancia de Jujuy y por la Cámara Federal de salta, que además declaró la “deserción” del recurso contra su decisión presentada por los organismos humanitarios.

Ahora, los camaristas de Casación Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky entendieron que “pudiendo constituir los agravios invocados por la parte recurrente algunas de las causales previstas en el Código Procesal Penal de la Nación, corresponde hacer lugar a la queja deducida”.

El Código estable, en lo que aquí interesa, que  el recurso de Casación se puede presentar ante la “inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva o de las normas que establece bajo pena de inadmisibilidad, caducidad o nulidad”.

La Cámara de Casación, aclara la resolución,  “constituye un órgano intermedio ante el cual las partes pueden encontrar la reparación de los perjuicios irrogados en instancias anteriores, máxime si los agravios invocados aparecen claramente vinculados con una cuestión federal”.

Fuente: LT10/ NA