Interés General - Nueva ordenanza

Jueves 23 de Mayo de 2019 - 18:22 hs

Los trapitos no podrán fijar una tarifa: el pago será voluntario

La actividad de cuidacoches en la ciudad estará regulada. Habrá un registro y ya no podrán tarifar el cuidado de los autos. Queda a voluntad del conductor si quiere colaborar.

Actualizado: Jueves 23 de Mayo de 2019 - 19:04 hs

La búsqueda para regular la actividad de los cuidacoches en la ciudad de Santa Fe parece haber encontrado una solución concreta si el municipio le da luz verde a la ordenanza aprobada por el Concejo. 

A fin de terminar con las disputas territoriales entre cuidacoches por las que se dieron situaciones violentas y darle un marco que especifica algunos límites.

El proyecto, que deberá ser ratificado por el ejecutivo municipal, que fue votado por los concejales es la unificación de dos iniciativas: una de Marcela Aeberhard y otra de Sergio Basile.

El rearmado de ambas propuestas tuvo como resultado la futura creación de un programa inclusivo de cuidadores de vehículos con el objetivo de iniciar un proceso de incorporación de estas personas a la economía formal.

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Detalles de la ordenanza:

  • Crear un Registro de “Cuidadores de Vehículos"
  • Fijar el número de credenciales habilitantes.
  • Delimitar la zona en que los cuidadores de vehículos pueden ejercer su labor.
  • Asignar a cada cuidador de vehículo al menos un sector de una calle y/o espacio, la cual se indicará en la credencial correspondiente; y modificar previo aviso la asignación de calle, cuando se produzcan disposiciones o indicaciones que impacten en el desarrollo de la movilidad urbana.
  • La actividad quedará prohibida en lugares donde haya estacionamiento medido. 
  • La Secretaría de Control deberá establecer las pautas de un curso de capacitación inicial; entregar chalecos identificatorios; y publicar en la página web del Gobierno de la Ciudad, el listado de cuidadores de vehículos habilitados, indicando credencial y lugar de labor.
  • Los cuidadores de vehículos habilitados no podrán exigir el pago de canon alguno a los titulares de vehículos que dejen estacionados sus rodados en la vía pública. Si éstos deciden hacerlo, la contribución económica será voluntaria y se efectuará al momento de retirar el rodado; quedando prohibida la exigencia o solicitud anticipada de la entrega de un monto de dinero.

Lo que se necesita para inscribirse:

El interesado deberá presentar acreditación de domicilio en la ciudad de Santa Fe con documental adecuada y la constancia de no estar inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

La Municipalidad evaluará la situación social de cada persona o grupo familiar a fin de gestionar su inclusión y participación en los diversos programas existentes a nivel municipal, provincial o nacional; como así también emprendimientos en el ámbito privado.

La norma establece que las personas registradas deberán obligatoriamente asistir y aprobar un curso de capacitación para cuidadores de vehículos que contemplará las siguientes temáticas: Instrucción sobre la reglamentación de tránsito; Atención pública y convivencia ciudadana; Seguridad; Información turística y Curso voluntario de Reanimación Cardio Pulmonar (RCP).

Por último, aquellas personas que hayan obtenido el permiso, deberán exhibir el mismo al personal de Control municipal cuando este lo solicite y vestirán en su lugar de desempeño chaleco fluorescente que deberá ser visible permanentemente con su número de identificación y número telefónico de atención ciudadana y leyenda “Contribución voluntaria.”

El permiso para ejercer la actividad de cuidador de vehículo se renovará anualmente y la credencial proporcionada será indelegable, intransferible y estrictamente personal. Los cuidadores de vehículos que cuenten con la credencial habilitante podrán complementar su labor mediante la realización de cursos de capacitación y formación laboral. Para ello el Gobierno de la Ciudad pondrá a disposición las siguientes áreas y herramientas de gestión: Escuelas de trabajo; Economía social; Programa de Empleo y capacitación municipal o por convenio con el Gobierno de la Provincia y Gobierno Nacional; e inserción laboral de personas con discapacidad.

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Fuente: LT10