Legislativas - Norma aggiornada

Jueves 12 de Diciembre de 2024 - 16:53 hs

Cambios en la Ordenanza de Nocturnidad para la temporada alta

El Concejo incorporó cambios a la normativa que regula la actividad nocturna en la ciudad, entre los que se destaca la extensión de la temporada estival y del horario de apertura de bares.

Actualizado: Jueves 12 de Diciembre de 2024 - 17:40 hs

El Concejo Municipal aprobó cambios a la Ordenanza de Nocturnidad (N° 12.852), sancionada hace dos años.

El edil Leandro González explicó que dicha normativa “generó un ordenamiento para la ciudad", pero que "hay realidades que fueron cambiando y que en la práctica precisan modificarse". 

Ante el pedido del Ejecutivo municipal se reabrió el debate por la nocturnidad a partir de las evaluaciones periódicas llevadas a cabo y los debates suscitados en el seno de la Comisión Municipal de Seguimiento de Actividades de Esparcimiento y Ocio Nocturno, compuesta por representantes del Ejecutivo municipal y los concejales Jorgelina Mudallel (PJ) y Carlos Pereira (Unidos).

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El proyecto se remitió con el objetivo de establecer mejoras en los horarios y funcionamiento de determinados establecimientos, condiciones de accesibilidad, seguridad e higiene y estándares de protección contra la contaminación acústica, de modo de promover la realización de actividades económicas de conformidad a pautas de convivencia ciudadana.

González destacó que estos cambios en la normativa “buscan concretamente brindar mayores oportunidades de disfrute en cuanto a duración de la temporada y horarios, siempre dentro de un marco de convivencia nocturna. Las modificaciones abarcan aspectos claves como aforos, horarios, programación musical y zonificaciones, adaptándose a las necesidades actuales de la ciudad”.

A su vez, se destaca la incorporación en el marco del Presupuesto Municipal 2025 aprobado en sesión, de un endeudamiento de 500 millones de pesos para obras públicas, de los cuales 80 millones serán destinados a obras de infraestructura para la zona de boliches de la ciudad, a la vera  de la ruta 168.  Asimismo, se aprobó una factibilidad del concejal Martin Rico para que el Ejecutivo evalúe la viabilidad de permitir el ingreso de menores entre 16 y 18 años a discotecas y eventos, bajo específicas condiciones de seguridad.  

Temporada alta

Atendiendo las condiciones climáticas en Santa Fe, se modificó la temporada estival para el uso de patios abiertos y del espacio público en todo tipo de bares y restaurantes: ahora se extenderá desde el 1 de septiembre hasta el 30 de abril. La ordenanza sancionada hace dos años la restringía entre el 15 de noviembre y el 14 de marzo, con lo cual se extiende 3 meses más.

Además, los bares y restaurantes cuya actividad principal es el servicio de bar o restaurante (categoría A) tendrán media hora más de funcionamiento, unificándose el horario de cierre con el de las otras categorías, las que permiten música en vivo o baile por ejemplo. A partir de las modificaciones introducidas, podrán cerrar a las 3.30 horas los días jueves, viernes, sábados y vísperas de feriados, y no a las 3 como hasta ahora. Además, se simplifican algunos requisitos: se elimina la exigencia del informe de impacto acústico y la obligatoriedad de que el DEM pueda exigir presencia de personal de seguridad y sistemas de videovigilancia, salvo que lo disponga en casos específicos.

Espacios culturales

En las salas culturales o multiespacios con escenario, camerinos y equipamiento técnico afín en el que se desarrollen artes escénicas, y que brinden actividades gastronómicas complementarias, también se introducen modificaciones. Ahora podrán realizar actividades en el interior del local durante todo el año hasta las 3.30, y no solo desde el 15 de marzo al 14 de noviembre. Y podrán usar los patios y el espacio público igual que los bares: desde el 1 de septiembre al 30 de abril, de domingos a jueves hasta la 1:30; y los viernes, sábados y vísperas de feriados hasta las 3:30. 

Aforo

Los bares y restaurantes y afines con posibilidad de realizar actividad complementaria de música en vivo y/o baile del público asistente sin venta de entradas de la categoría B tendrán un aforo permitido de hasta 100 personas, en vez de 80 como habilitaba la ordenanza sancionada en 2022.

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En tanto, para los que integran la categoría C el aforo permitido será de hasta 250  personas, en vez de 200 como tenían ahora, siempre que la infraestructura del lugar sea apta normativamente. Además, se incorpora la posibilidad de funcionar en vísperas de feriados y la programación musical podrá realizarse en espacios abiertos.

Lugares bailables

Aquellos locales cuya actividad central es el baile y/o la música en vivo y se cobra entrada o derecho de espectáculo y cuentan con un aforo superior a 300 personas, se amplía una hora para matiné; en vez de cerrar a las 24 hs. podrán hacerlo a la 1. Para personas mayores el horario seguirá siendo hasta las 6 y se permite hasta las 7 los días 24 y 31 de diciembre.

Fuente: LT10