AFIP habilitó hace ya semanas atrás la consulta a través de la web de las percepciones del 35% aplicadas sobre la compra de dólar ahorro y gastos en moneda extranjera abonados con tarjetas, pero aún no está disponible el aplicativo para pedir la devolución. No obstante, ya aparece un nuevo servicio al que se accede con clave fiscal que da señales de que en breve estaría operativo. Mientras tanto, quienes tengan previsto solicitar la devolución, pueden ir verificando las condiciones y adelantar trámites si es que no cumplen con alguna de ellas.
Los montos que fueron retenidos serán tomados a cuenta de Ganancias o Bienes Personales, o devueltos en las próximas semanas en los casos en los que los contribuyentes no están alcanzados por esos impuestos. Se trata del recargo adicional al impuesto PAIS que se estableció en septiembre, cuando se decidió reforzar el cepo cambiario. A través de la Resolución 4885/2020, el organismo detallado que las consultas sobre las percepciones pueden canalizarse a través de "Mis Retenciones".
Aquellos monotributistas, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan compras de moneda extranjera pero no están alcanzados por Ganancias y Bienes Personales, también podrán solicitar el reintegro de la percepción.
La AFIP ejecutará y controlará para constatar la validez de la solicitud y, cuando corresponda, el dinero se devolverá directamente en la cuenta bancaria informada por el contribuyente.
Es decir, a partir de enero 2021 se debería poder solicitar la devolución de las percepciones practicadas entre el 16/09/2020 y el 31/12/2020.
Según detalló a El Cronista, el tributarista Sebastián Dominguez, la AFIP aún no habilitó el procedimiento pero ya se puede observar en su sitio web que ha aparecido el servicio “Devolución de Percepciones AFIP – Solicitud de devolución de la percepción del 35% para quienes no son contribuyentes de los impuestos a las ganancias o bienes personales F.1746”.
"Al intentar habilitar el mismo, no resulta posible", remarcó.
También está pendiente de habilitación el microsito en la web de la AFIP, donde se detallarán los términos y condiciones para efectuar las solicitudes de devolución.
Se espera que en la brevedad estén operativos -el servicio y el micrositio- para que las personas puedan comenzar a solicitar las devoluciones.
Mientas tanto, Domínguez aconsejó que quienes tengan previsto solicitar la devolución, pueden verificar las condiciones y adelantar trámites si es que no cumplen con alguna de ellas:
- Deben tener CUIT
- Deben contar con clave fiscal.
- Deben informar la CBU en la que se les acreditarán los fondos en el servicio “Declaración de CBU”.