Un hombre de 45 años cuyas inciales son EFN admitió que abusó sexualmente de su hija menor de edad y fue condenado a 12 años de prisión. Los delitos fueron cometidos en Laguna Paiva al menos cinco veces durante siete años, desde que la víctima era una niña y hasta su adolescencia.
La sentencia condenatoria fue impuesta por los jueces Sergio Carraro (presidente), Héctor Gabriel Candioti y Luis Octavio Silva en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos desarrollado en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
La fiscal que dirigió la investigación que permitió llegar a la condena fue Celeste Minniti. “Se realizó un trabajo exhaustivo en conjunto con el equipo de violencia de género de la municipalidad de Laguna Paiva y con la subsecretaría de Políticas de Género de la provincia”, valoró la fiscal.
Tres lugares
“La madre de la niña hizo una denuncia en mayo de 2019 y a partir de allí comenzamos a investigar lo ocurrido”, detalló la fiscal. “Pudimos corroborar que los abusos fueron cometidos en dos viviendas y en un lugar de Laguna Paiva conocido como ‘La represa’”, agregó.
“Los ilícitos sexuales se dieron en un contexto de mucha violencia no solo respecto de la niña abusada, sino también de todo el círculo familiar”, puntualizó la fiscal. “Tanto la víctima como su madre eran sometidas a golpes y violencia por parte del condenado”, remarcó.
También detalló que “para perpetrar los abusos, el condenado le decía a su hija que si tenían relaciones sexuales, él la dejaría tener novio” y subrayó que “en la entrevista en Cámara Gesell, ella pudo contar todo esto, y también brindó precisiones acerca de la modalidad, tiempo y lugar en los que había sufrido los abusos por parte de su padre”.
Calificación penal
El tribunal resolvió la condena por la autoría de abuso sexual gravemente ultrajante y promoción a la corrupción de menores. “Los jueces también decidieron calificar los dos delitos por el vínculo que hay entre el condenado y la víctima; porque el hombre estaba a cargo de la guarda de la niña y por la convivencia preexistente entre ambos”, explicó Minniti.
“En su resolución, los magistrados indicaron que las pruebas presentadas son suficientes para tener por acreditados certeramente los hechos atribuidos y la autoría de los ilícitos”, remarcó la fiscal.
También hizo hincapié en que “tanto la Defensa del condenado como la Querella manifestaron estar de acuerdo con las calificaciones legales, el monto de la pena y el procedimiento elegido”. Asimismo, indicó que “la madre de la víctima fue notificada de lo resuelto y manifestó su conformidad”.
Identidad
En relación a la identidad del condenado, la fiscal Minniti advirtió que “no se brinda esa información porque la víctima tiene el mismo apellido, a raíz de que son padre e hija”. En tal sentido, explicó que “pretendemos proteger a la niña y evitar su revictimización”.