Política - afectados por la pandemia

Viernes 23 de Octubre de 2020 - 09:51 hs

Aprobaron la Ley de "Emergencia Provincial del Sector Turístico y otros"

Alcanza a una gran cantidad de actividades vinculadas al turismo y en la gama de micro, pequeña y mediana empresa.

Actualizado: Viernes 23 de Octubre de 2020 - 09:59 hs

La legislatura Provincial convirtió en Ley la iniciativa presentada por el Senador Felipe Michlig, acompañado por el interbloque de la UCR. De esta forma, se declara la "Emergencia Provincial del sector Turístico y otros", destinado a la contención, asistencia, reactivación y reconversión de actividades de servicios afectadas por la pandemia, uno de los sectores más postergados y con mayor incertidumbre de "normalidad".

En líneas generales, la Emergencia regirá hasta el 30 de junio de 2021 y podrá ser extendida hasta diciembre de 2021 si así lo dispone el poder Ejecutivo y la pandemia lo requiere.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología. Para esto, se constituirá un Fondo de Asistencia Financiera integrado con la suma de $800.000.000.

La ley alcanza a personas humanas o jurídicas, bajo la forma de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, que realicen las siguientes actividades directa o indirectamente vinculadas con el turismo como servicios de alojamiento en hoteles, hosterías, cabañas, campings, bungalows, aparts, moteles y residenciales similares y que incluyan o no restaurante, hospedaje en estancias o albergues; agencias de viaje, servicios de empresas de viajes y turismo; agencia de pasajes; servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo y de excursiones fluviales con fines turísticos.

Cuarentena y ahora cepo: la desesperación en el sector del turismo

También a servicios profesionales de licenciados en turismo, técnico en turismo, guías de turismo, guías de caza, guías de pesca; Servicios de centros de pesca deportiva; de centros de turismo aventura, ecoturismo, turismo rural o similares; Servicios de explotación de playas y parques recreativos; venta al por menor de artículos o artesanías regionales; organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones,   explotación de inmuebles/o servicios empresariales para ferias, congresos, convenciones o exposiciones; servicios empresariales vinculados con la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones y alquiler de equipamiento los mismos y gastronomía.

Por otro lado, dentro de esta emergencia y las ayudas económicas, están comprendidos los servicios para eventos infantiles, organización de eventos, servicios de soporte para eventos, alquiler temporario de locales para eventos, alquiler de equipos para eventos, alquiler de enseres y sonido, peloteros, alquiler de canchas para práctica de deportes, jardines maternales y servicios de salones de baile y discotecas.

El proyecto contempla entre los siguientes beneficios entre otros:

  • Diferimiento y prórroga para el pago, según el calendario impositivo del año 2020 y por el plazo de noventa (90) días después de finalizada la emergencia provincial del sector turístico, durante el cual no se devengarán intereses, para los impuestos de los Ingresos Brutos; Inmobiliario Urbano y Rural, Patente Única sobre Vehículos, Impuesto de Sellos.
  • Readecuación de la metodología de facturación de los servicios de energía eléctrica y agua potable de forma tal de propender a que el importe facturado responda al consumo real del servicio
  • Suspensión hasta ciento ochenta (180) días después de finalizada la emergencia del sector turístico de la iniciación o la sustanciación de acciones administrativas iniciadas por el cobro de impuestos;
  • Otorgamiento de subsidios o aportes no reintegrables o de programas de asistencia económica o subsidios, complementarios de otros programas nacionales o provinciales existentes, por montos de hasta pesos quinientos mil ($500.000) por beneficiario, sea para mantener el nivel de empleo o para ayuda de la actividad.
  • Acceso a líneas de crédito con subsidio de tasas, utilizando esquemas de financiamiento que permitan adaptar las demandas existentes generadas por la emergencia.

El Proyecto de ley original fue suscripto por los Senadores radicales Felipe Michlig (San Cristóbal), Lisandro Enrico (General López), Rodrigo Borla (San Justo), Orfilio Marcón (General Obligado), Germán Giacomino (Constitución), Hugo Rasetto (Iriondo) y Leonardo Diana (San Jerónimo); y el Senador Justicialista José Baucero (San Javier).

Audio: Felipe Michlig, senador por el departamento San Cristobal

Fuente: LT10